Ahora las Mesas y Sillas en la Calle no Pagan…

Publicado: 05 sep 2019
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Desde la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, cambiando lo establecido anteriormente, aprobaron la eliminación del pago del canon por ocupar la vía publica por parte de los comercios porteños.
El pago que realizaban los locales en especial gastronómicos para ocupar con sillas, mesas y otras estructuras como decks las calles y veredas de la ciudad de Buenos Aires, era importante para los comerciantes explicaron en la justificación quienes propusieron la iniciativa.
Modificaron la Ley Tarifaria, mediante la que se derogaron dos artículos referidos al pago de una contribución por la ocupación y/o uso de las superficies de la vía pública, beneficiando a las empresas con la eximición del canon.La ley fue aprobada con 33 votos oficialistas a favor, 22 en contra y 2 abstenciones.

Modificaron el artículo 171 de la Ley Tarifaria para el año 2019, suprimiendo los aranceles previstos para los diversos «Centros de Abastecimiento», figura que se elimina y se incluye en las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB).

Estos son algunos de los valores que abonaban por metro cuadrado:

-Mercado de Las Pulgas ($162,50);

-Ferias Itinerantes ($162,50);

-Ferias de Libros ($84,50);

-Ferias Manualistas ($84,50);

-Ferias Artesanos ($84,50).

Para obtener el permiso de emplazamiento de área gastronómica y que se habilite la instalación de mesas y sillas, o de un deck, es necesario presentar una solicitud ante la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público junto a la constancia de habilitación del local otorgada por la Agencia Gubernamental de Control.

Uno de los artículos derogados establecía el importe a pagar según la cantidad de metros cuadrados ocupados, que a la vez variaba sobre su ubicación en la Ciudad.

Los importes iban desde los $400 a los $2.400 pesos semestrales por metro cuadrado para las mesas y sillas a lo que se adicionaban $2.000 pesos por cada deck.

El oficialismo aduce ahora que «se ha verificado que los procesos de determinación y fiscalización de los tributos vinculados con la ocupación y/o uso de las superficies de la vía pública con mesas y sillas y con plataformas de esparcimiento, respectivamente, implican la asignación de recursos administrativos que no guardan relación con la magnitud de la recaudación obtenida».