Embajada de Israel. 25 Años.

Publicado: 17 mar 2017
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A las 14.47 de aquel martes 17 de marzo, el centro de Buenos Aires fue sacudido por una explosión en Arroyo 916, domicilio de la sede diplomática israelí en Argentina; 22 muertos y 242 heridos que aún no consiguen justicia.

Un furgón Ford F-100 manejado por un suicida había sido cargado con explosivos y estrellado contra el frente de la sede diplomática localizado en la esquina de Arroyo y Suipacha.

El impacto no sólo destruyó por completo la embajada, sino que dañó de forma considerable a una iglesia católica y una escuela ubicada en un edificio cercano.

En Argentina la investigación del caso correspondió a la Corte Suprema debido a que los artículos 116 y 117 de la  Constitución establecen la «competencia originaria» de ese tribunal cuando se trata de asuntos relacionados a embajadores, ministros y cónsules extranjeros. La causa se tramitó por el expediente 143/1992.

Originalmente estuvo a cargo de Alfredo Bisordi, secretario penal de la Corte, bajo supervisión del presidente del tribunal, Ricardo Levene (hijo).

Hasta 2015 la causa investigada por la Corte no había sido elevada a juicio.

En 1997 la causa fue encomendada al secretario Esteban Canevari.

El 23 de diciembre de 1999 la Corte Suprema dictó una acordada estableciendo que los muertos habían sido 22 (y no 29 como se había informado oficialmente los años anteriores) y que la investigación debía orientarse a reunir las pruebas que establecieran la certeza de que el atentado había sido realizado por la Jihad islámica, brazo armado del Hezbollah, mediante un coche bomba para el que se utilizó una Ford F-100, comprada a un fotógrafo policial por un hombre con un documento a nombre de un ciudadano brasileño, Ribeiro Da Luz.

Por esa resolución se dictó también una orden de captura contra Imad Mughnayah.

En 2015, el presidente de la Corte Suprema Ricardo Lorenzzetti declaró públicamente que en la causa había sido «cosa juzgada» por la acordada definitoria de 1999.

La declaración produjo confusión ya que en 2006 la Corte Suprema había dictado nítidamente lo contrario: que la causa no había prescripto.