Motos sin Acompañantes en el Microcentro.

Publicado: 04 jun 2017
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La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó una modificación al Código de Tránsito y Transporte (43 votos positivos, 13 negativos y 1 abstención) que establece varios cambios en las condiciones que deben cumplir los conductores de motos para circular en la Ciudad.

La nueva ley, ordena la prohibición de circular en moto con acompañante en determinadas zonas de la Ciudad.

La prohibición regirá en el área delimitada por la avenida Córdoba, Carlos Pellegrini, Rivadavia y L. N. Alem, de lunes a viernes, entre las 10 y las 16 horas.

Las sanciones que se aplicarán incluyen la retención de las motos, multas de 100 unidades fijas que se elevan a 200 cuando se trata de la circulación no autorizada de un acompañante o la no utilización del chaleco reflectante con el número de dominio, más la aplicación de inhabilitación para conducir de 5 a 10 días. Cada unidad fija equivale actualmente a $ 10,40, con lo cual las multas oscilarán entre $ 1.040 y $ 2.080.