Plataformas de Esparcimiento.

Publicado: 06 oct 2017
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Se votó en la Legislatura la aprobación de la instalación de «plataformas de esparcimiento» o «decks»incorporándolas al Código de Tránsito y Transporte.
La votación fue 42 votos a favor (oficialismo y aliados), 15 en contra y una abstención.

“Plataformas de esparcimiento: módulos estandarizados desmontables que se emplazan en la calzada con el fin de extender la acera, ampliar el área transitable para el peatón y generar nuevos espacios de permanencia, esparcimiento y ocio que podrán incluir vegetación y equipamiento entre otros elementos”, así quedó redactada la definición legal.

Solo podrán ser instaladas con autorización del Gobierno de la Ciudad, quien deberá verificar que los espacios cumplan los requisitos técnicos necesarios para la colocación de la infraestructura.

«Con el objetivo de optimizar el uso del espacio público y proporcionar a las personas que transitan por la Ciudad un mayor número de espacios de descanso, lectura y relajación, se propicia la instalación de las denominadas plataformas de esparcimiento en la vía pública”, dice el proyecto.

Los módulos se emplazan como extensión de la acera, con el fin de generar mas espacio para quienes circulan a pie restando lugares de estacionamiento vehicular.