Proyecto de «Aporte Solidario Extraordinario»

Publicado: 30 ago 2020
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El oficialismo gobernante presentó este viernes en el Congreso de la Nación el proyecto de «Aporte Solidario Extraordinario» sobre las grandes fortunas, una iniciativa impulsada y redactada por los diputados del Frente de Todos Máximo Kirchner y Carlos Heller.
El texto, que ingresó por Mesa de Entradas y ahora debe ser girado a las comisiones que lo estudiarán, fue firmado por Máximo Kirchner, José Luis Gioja, Hugo Yasky, Itaí Hagman, Fernanda Vallejos, Juan Carlos Alderete, Leonardo Grosso, Lucía Corpacci, Ariel Rauschenberger, Gabriela Cerruti, Alicia Aparicio, Elda Pertile, Marcelo Casarett, Carlos Heller y Martín Soria.
 

Se trata de la aplicación de una tasa extraordinaria por única vez sobre el sector más rico de la Argentina. La iniciativa afecta a las personas y no a las empresas y se espera recaudar un ingreso superior a los 300.000 millones de pesos

El aporte es progresivo, con una alícuota del 2% al 3,5% que se aplicará a las personas a partir de los 200 millones de pesos declarados y busca alcanzar aproximadamente a 12 mil personas de alto nivel económico.

Para los que tengan bienes en el exterior la tasa subirá al 5,25%. si el contribuyente trae el 30% de sus tenencias financieras que tienen declaradas en el exterior, la sobre tasa se elimina y paga por todo como si lo tuvieran en el país.

El gravamen alcanzará al 3,5% en el caso de quienes tienen más de 3.000 millones de pesos.

En principio tendría la siguiente escala de alícuota según el patrimonio declarado hasta el 31 de diciembre de 2019:

-2% entre 200-300 millones de pesos.

-2,25% hasta 400 millones; 

-2,75% hasta 600 millones; 

-3% hasta 800 millones; 

-3,25% hasta 1.500 millones;  

-3,5% para más de 3.000 millones. 

Según los cálculos realizados, alrededor de la mitad de las personas alcanzadas por este aporte tienen entre 200 a 400 millones de pesos.

El Frente de Todos remarcó también que el proyecto se enmarca en un debate que recorre el mundo sobre cómo financiar los enormes gastos generados por la irrupción de la pandemia.

En un breve listado señalan que:

· En Alemania, España, Reino Unido, Suiza, Italia y Rusia se evalúan iniciativas similares.

• Las naciones que poseen economías más grandes están volcando grandes cantidades de recursos en la economía y la salud para enfrentar los efectos de la pandemia. Estados Unidos implementó un paquete fiscal de unos 3 billones de dólares, lo que representa unos 14% de su PIB.

Las economías del Grupo de los Veinte (G-20) implementan medidas presupuestarias por el 6% del PIB en promedio, en comparación con apenas el 3% del PIB en abril, y se ubican en un nivel mucho más alto que el observado en respuesta a la crisis financiera mundial de 2008-2010.

• Las diferencias y los alcances de las medidas tienen que ver con las realidades de cada país y con los recursos con que se dispone. A menor grado de desarrollo relativo y autonomía, se reducen las disponibilidades para llevar a cabo las diversas políticas.

• La CEPAL prevé una caída del PIB del 9,1% en 2020, que llevará a que el nivel del PIB per cápita de América Latina y el Caribe sea parecido al observado una década atrás. Constituye un inédito retroceso en los niveles de ingreso por habitante.

• Según lo expresado por organismos de Naciones Unidas, como la misma CEPAL y la FAO “la recesión económica mundial aumentará la pobreza y el hambre y otras formas de inseguridad alimentaria, en especial en países con redes de protección social débiles.

. La población en condiciones de pobreza extrema en América Latina y el Caribe podría llegar a 83,4 millones de personas en 2020.

Si bien en el oficialismo confían en que el proyecto se pueda sancionar en el Congreso, lo cierto es que, al tratarse de una iniciativa impositiva, requiere para su aprobación de mayorías especiales, es decir 129 votos en Diputados.

El gravamen impactará en el patrimonio de las personas humanas, pero no afecta en nada a las empresas, que serán las que deberán en articulación con el Estado, dar los primeros pasos para la recuperación económica.

Para tener una dimensión de lo que representan los fondos que se esperan recaudar con el impuesto extraordinario, en el oficialismo explicaron que en agosto los gastos e inversiones que tendrá que realizar el Estado Nacional para atender las consecuencias de la pandemia suman 870.000 millones de pesos.

Recordaron en este sentido que «en los cuatro años de gestión de Macri, se dejaron de cobrar impuestos a personas y a empresas de mayores patrimonios por el equivalente acumulado de 7 puntos del PBI”.

Este aporte permite recuperar más de uno de esos 7 puntos para financiar la recuperación de la economía.

Para comparar, aseguran que entre 2005 y 2015 el promedio de ese valor fue positivo de 3,82%.

El consumo privado también tuvo ocho caídas trimestrales significativas desde el segundo trimestre de 2018, que promediaron 5,7%; en el caso de la inversión, la caída fue de 14% en el promedio de esos ocho trimestres.

El cuadro se completa, según los economistas del oficialismo, con el dato de que la caída del producto anual fue en 2019, comparando con el 2015, de 4%; del consumo privado 5,6% y de la inversión de la economía, 15,65%.

El monto reacaudado será aplicado según este proyecto de ley en su atículo 7mo:

1. Un 20% a la compra y/o elaboración de equipamiento médico, elementos de
protección, medicamentos, vacunas y todo otro insumo crítico para la prevención y
asistencia sanitaria.
2. Un 20% a subsidios a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en los términos del
artículo 2° de la Ley N° 24.467 y sus modificatorias y normas complementarias, con el
principal objetivo de sostener el empleo y las remuneraciones de sus trabajadores.
3. Un 20% destinado al programa integral de becas Progresar, gestionado en el ámbito
del Ministerio de Educación, que permitirá reforzar este programa que acompaña a las y los
estudiantes con un incentivo económico y un importante estímulo personal en todos los
niveles de formación durante su trayectoria educativa y/o académica.
4. Un 15% a los habitantes de los barrios populares identificados en el registro Nacional
de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana (RENABAP) para fortalecer dicho
proceso, enfocado en la mejora de la salud y de las condiciones habitacionales de sus
habitantes.
5. Un 25% a programas de exploración, desarrollo y producción de gas natural,
actividad que resulta de interés público nacional, a través de Integración Energética
Argentina S.A. la cual viabilizará dichos proyectos proponiendo y acordando con YPF S.A.
en forma exclusiva, las distintas modalidades de ejecución de los proyectos. Queda
establecido que Integración Energética Argentina S.A. deberá reinvertir las utilidades
provenientes de los mencionados proyectos, en nuevos proyectos de gas natural durante un
plazo no inferior a diez años a contar desde el inicio de vigencia del presente régimen.
Artículo 8º.- El Poder Ejecutivo Nacional deberá realizar una aplicación federal de los
fondos recaudados por el aporte extraordinario del artículo 1°, y del destino enunciado en
los puntos 1, 2 y 3 del artículo 7.
Artículo 9º.- La aplicación, percepción y fiscalización del presente aporte extraordinario
estará a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos y se regirá por las
disposiciones de la Ley 11.683.
Asimismo facúltase a la Administración Federal de Ingresos Públicos a dictar las complementarias para la determinación de plazos, formas de ingreso, presentación de
declaraciones juradas, valuación de los bienes, establecer anticipos y demás aspectos
vinculados a la recaudación del aporte extraordinario.
Artículo 10º.- La presente ley comenzará a regir a partir del día de su publicación en el
Boletín Oficial de la República Argentina.
Artículo 11º.– Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.