Reglamentan la Ley de Góndolas.

Publicado: 16 dic 2020
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La Ley de Góndolas, sancionada por el Congreso el 28 de febrero de 2020, establece:

  • un máximo del 30% del espacio de venta físico o virtual para una categoría de producto por proveedor;
  • exige que haya al menos cinco proveedores de distintos grupos empresarios;
  • que las micro y pequeñas empresas cuenten al menos un 25% del espacio de venta por cada categoría de productos;
  • que las cooperativas, mutuales, empresas de la agricultura familiar y economía popular tengan al menos un 5% de espacio.

La Secretaría de Comercio Interior podrá fijar un porcentaje máximo de espacio de venta para los productos importados por cada categoría.

 

El gobierno nacional reglamentó por fin la Ley de Góndolas (Ley 27.545) que apunta a promover una mayor oferta de productos en las grandes cadenas de supermercados, tanto física como virtualmente, y posibilitará que las pymes, cooperativas y emprendimientos de la agricultura familiar tengan un trato equitativo en el espacio que ocupen en las góndolas.

El decreto 991/2020 publicado en el Boletín Oficial establece que la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo será la autoridad de aplicación de la ley y determina que en un plazo máximo de 90 días elabore las resoluciones complementarias.

En ese sentido, la Secretaría de Comercio Interior deberá elaborar un listado actualizado con la totalidad de los productos alcanzados por la ley, agrupados por categorías de acuerdo a los diversos formatos de espacios de ventas. Este listado será publicado y actualizado en la web de la Secretaría de Comercio para que pueda ser consultado libremente.

La Secretaría también dispondrá los requisitos de señalización de los congeladores exclusivos o los exhibidores patrocinados para que estén claramente identificados y diferenciados de las góndolas o locaciones virtuales, para prevenir la confusión de las y los consumidores. Además, podrá fijar un porcentaje máximo de ese tipo de exhibidores en relación con las góndolas para evitar una sobre presentación de algunos productos.

Aquellos productos que se comercialicen bajo un programa acordado con el Estado, como por ejemplo Precios Cuidados, tendrán criterios específicos de exhibición que deberá elaborar la Secretaría de Comercio Interior.

Respecto de los plazos de pago, la ley otorga un máximo de 60 días para que los grandes supermercados abonen a las micro y pequeñas empresas y de 40 días cuando se trate de emprendimiento de la economía campesina, agricultura familiar, cooperativas y mutuales.

La reglamentación establece que esas condiciones deberán acordarse por escrito entre las partes y computarse a partir de la entrega de la mercadería por parte del proveedor o de la proveedora.

Además, no se podrán establecer plazos y modalidades de pago preferenciales, con fines exclusorios o inequitativos entre los distintos proveedores o las distintas proveedoras. También, se exige el trato igualitario en las condiciones en los descuentos, bonificaciones, reposición, transporte, abastecimiento, logística y devoluciones.

 

Principales puntos de la ley:

 

. Los establecimientos deberán garantizar un 25 por ciento de la góndola para la exhibición de productos de micro y pequeñas empresas nacionales y un 5 por ciento adicional para productos originados por la agricultura familiar, campesina e indígena y sectores de la economía popular.

• La norma alcanzaría a 13 empresas que facturan $1.700 millones al año y comprenden el 26 por ciento de la cadena comercial del país.

• Los almacenes, autoservicios chinos y kioscos -canales de venta que concentran alrededor de 70 por ciento de las ventas minoristas-, quedarán excluidos.

• La ley comprende a los supermercados e hipermercados que cuenten con más de 50 bocas de expendio en todo el país.

 

 

La Secretaría tendrá bajo su órbita la creación de un Reglamento de Inspecciones que contemplará un registro de colaboradores “ad honorem”, para que los integrantes de la cadena y las asociaciones de consumidores cooperen en un control transparente de la Ley. Asimismo, presidirá el Observatorio de la Cadena de la Valor que tendrá amplia participación de todos los sectores involucrados así como de las asociaciones de consumidores y consumidoras.

Las consumidoras y los consumidores dispondrán de un enlace virtual de fácil acceso para denunciar infracciones a la Ley de Góndolas.

 

 

El ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, aseguró hoy que la reglamentación de la Ley de Góndolas permitirá diversificar la oferta y darle mayores oportunidades de participación a las Pymes y las cooperativas.

«Una parte de los problemas vinculados al tema precios tiene que ver con los niveles de competencia y, en ese sentido, nos parece que es algo sano que se pueda ampliar, que haya en las góndolas una oferta mayor a la que hoy existe», sostuvo Kulfas.

La Ley de Góndolas tiene como objetivo principal darle mayores oportunidades de participación a las pequeñas y medianas empresas (Pymes) y a las cooperativas a través del reparto equilibrado de espacios frente a las grandes proveedoras de alimentos, a través de un proceso que, según el Ministro, «va a llevar un tiempo» para su plena implementación.

«Empieza hoy mismo a regir esta reglamentación pero, como todo, es un proceso en el que hay que ir estructurando esta oferta adicional», indicó.

La ley establece para los hipermercados, supermercados y proveedores mayoristas, entre otras disposiciones, la obligatoriedad de establecer no menos de cinco oferentes por góndola, evitando de ese modo los corredores monomarca que suelen presentarse en dichos establecimientos.