Ley Para el Control de Consorcios.

Publicado: 01 jul 2018
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La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó con 44 votos afirmativos y 14 abstenciones, una ley (Consorcio Participativo) que reforma la ley 941  para crear un nuevo sistema digital y gratuito destinado a un correcto control de los consorcios.
Esta plataforma digital reunirá documentación sobre compras, contrataciones, trabajos de mantenimiento y cálculo de expensas ordinarias y extraordinarias- permitirá a los vecinos hacer un seguimiento de los procedimientos que se inician en las reuniones de consorcio y luego siguen su camino con la intervención del administrador, pero sin control de los propietarios.
Los residentes en los edificios también podrán expresar su aceptación o su rechazo a las propuestas que surjan de las asambleas.
En lo que va del 2018 se tomaron más de 500 denuncias contra administradores de consorcios, encabezando el ranking de infracciones con 237 multas tras la no resolución del caso en audiencia de conciliación.
Los consorcistas carecen de información, participación y verificación y los votantes de esta ley esperan que cuenten con una herramienta que facilitará y transparentará la administración del dinero y del edificio.
Para las agrupaciones de propiedad horizontal, la creación del Consorcio Participativo es una amenaza a los derechos de privacidad, ya que en la plataforma habrá datos personales de los 8500 administradores registrados en la Capital, que gestionan más de 100.000 edificios, donde viven al menos 2.100.000 personas. Algunas entidades adelantaron que recurrirán a la Justicia para tratar de frenar la promulgación de la ley.

El texto sancionado obliga a que toda persona humana o jurídica que administre un consorcio se incorpore a esta plataforma web, donde se podrá liquidar expensas, verificar los vencimientos del edificio, realizar reclamos, comunicarse entre copropietarios, visualizar presupuestos y calificar la gestión del administrador, entre otras funciones.

El uso de la aplicación es opcional para los vecinos pero no para el administrador. Es decir, se trata de un sistema complementario a las obligatorias asambleas presenciales, donde se toman las decisiones de lo que sucede en el consorcio.

Dicen los legisladores oficialistas que defendieron la ley que la implementación de la aplicación no generará gastos extras, por lo que no deberá reflejarse en un incremento de las expensas. Solo se necesita un correo electrónico para ingresar a la plataforma web, sin la obligación de dejar más datos personales”

La norma también prevé la creación de una instancia conciliatoria prejudicial entre los consorcistas y la administración, y propone sanciones ante el incumplimiento de los artículos: apercibimientos, multas de entre 3.900 y 260.000 pesos, suspensión de hasta nueve meses en el Registro Público de Administradores de Consorcios y hasta la exclusión de este.