«Arbolitos» Legales.
El Banco Central autorizó a las agencias y casas de cambio a realizar operaciones de cambio de divisas en la vía pública a través de promotores, más conocidos como «arbolitos» los cuales deberán tener una vestimenta o señal identificatoria que indique su vinculación a la casa o agencia de cambio en cuestión.
Podrán realizar las operaciones de cambio directamente en la vía pública u ofrecer los servicios de la entidad cambiaria para que sean realizados en alguno de sus locales.
Además el BCRA facilitó el proceso de autorización de casas y agencias de cambio con una inscripción online y con la posibilidad de iniciar las actividades inmediatamente después de la autorización, sujeto a la conformación del capital especificado para cada tipo de entidad cambiaria.
En la actualidad la exigencia de capital mínimo para agencias de cambio es de 500.000 pesos y en el caso de las casas de cambio es de entre 2 y 12 millones de pesos.
Las agencias de cambio no pueden realizar transferencias internacionales ni cheques de viajero, en tanto que las casas de cambio sí están autorizadas para estas operaciones.
Al mismo tiempo, se autorizó a los bancos a operar en el segmento como actividad complementaria, a través de una empresa controlada.
Las empresas vinculadas al turismo pueden, desde entonces, hacer operaciones cambiarias de manera independiente.