La AFIP y las Contribuciones Patronales
El beneficio alcanza a aquellas firmas incluidas en el listado de actividades definido por la Jefatura de Gabinete en el marco del Programa de Asistencia en la Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP).
Quienes figuren en el listado se deberán inscribir en el ATP (Asistencia Trabajo y Producción) en la web de la AFIP entre el 9 y el 15 de abril y será informada de manera automática a las empresas una vez que se hayan inscripto en el ATP.
Además la AFIP resolvió extender tres días el plazo para la presentación de la declaración jurada de abril correspondiente a la seguridad social (Formulario 931). Habrá tiempo hasta el 16 para que las empresas beneficiarias de la postergación y las que no accedan a ese mecanismo puedan realizar sus pagos.