Siguen «los Gastos Objetables» en la Ciudad.
Según el anexo de la resolución N° 81/SSGCOM/20:
«Los trabajos incluidos en el mantenimiento integral involucran prestaciones cuyos ejes fundamentales se relacionan tanto con la cantidad como la calidad de la producción de cremaciones. En este sentido, corresponde precisar tanto al, Renglón 1 (PCP): Mantenimiento básico (preventivo) como tareas adicionales por preciario (correctivo) de las Baterías “A”, “B”, “C”, “D” y “UNIDAD DE TRATAMIENTO” y del Renglón 2 (PCP): Mantenimiento Básico (Preventivo) como tareas adicionales por preciario (Correctivo) de equipamiento, maquinaria, chimeneas y tableros eléctricos, todo ello conforme detalle que se consigna más adelante y que se encuentra relacionada directa o indirectamente con la actividad inherente a la reducción a cenizas de los cadáveres y/o restos óseos como así también a aquellas otras labores vinculadas a la acción calórica como ser la apertura, apagado, carga y traslado de cuerpos, introducción de los cuerpos en el horno, control de temperaturas, determinar el ciclo de cremación atendiendo las características del cuerpo, el retiro de los restos calcinados, su introducción en su respectiva urna y con ella deberá entregar un reporte semanal a la Gerencia Operativa del Crematorio sobre las cremaciones realizadas, controlar sistemas de ventilación, encendido, manipulación, pre-calentamiento, supervisión y control de gases, y demás cuyos términos específicos se prevén en las presentes Especificaciones Técnicas».
El documento justifica y expresa que «entre las funciones esenciales de la Dirección General de Espacios Verdes y Cementerios se encuentra la de gestionar, dirigir, fiscalizar, mantener, remodelar y reparar edificios, equipamiento e instalaciones de los Cementerios dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluido el Crematorio que cumple sus funciones en la necrópolis del Barrio de Chacarita».
«A los efectos de eficientizar y garantizar la prestación del servicio público previsto por Ley N° 4977/14, más precisamente, en la inteligencia de asegurar tanto la dignidad en el trato y respeto a difuntos y deudos como a los diversos cultos, creencias, costumbres y religiones, realzar el valor patrimonial y preservar los bienes y equipos de la necrópolis, incentivar y propender a la mejora de la calidad de los servicios y, finalmente, promover el mantenimiento de la higiene ambiental es que resulta es que resulta indispensable la contratación cuyos extremos se detallan en el presente Pliego de Especificaciones Técnicas».