Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).
Finalizado el período de inscripción y la carga de información económica, se evaluará cuáles son los beneficios a los que podrá acceder cada empresa.Todas las empresas deberán inscribirse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento el mes pasado.
El programa es una de las herramientas previstas por el Estado para amortiguar el impacto económico del aislamiento social preventivo y obligatorio.
Alrededor de 250.000 empleadores ya se registraron en el sitio web de la AFIP para acceder a la nueva etapa de asistencia estatal para el pago de los salarios de más de 3 millones de trabajadores.
Las empresas deberán desarrollar una de las actividades contempladas por la normativa y su facturación entre abril de 2019 y abril de 2020 no podrá registrar una variación superior al 5 por ciento.
La AFIP precisó que los empleadores registrados en el programa ATP que todavía no lo hubieran hecho deberán informar una CBU para cada uno de sus trabajadores y trabajadoras.
La carga de la información se hace a través del servicio web “Simplificación Registral”.
Por último, la dependencia oficial precisó que no es necesario que sea una cuenta sueldo, puede ser cualquier cuenta bancaria válida donde el trabajador o la trabajadora figure como titular o cotitular.
Se aumentó el valor de la ayuda otorgada por el Estado Nacional hasta llegar a cubrir 33.750 pesos, la suma equivalente a dos salarios mínimo, vital y móvil.
Además, la decisión del Gobierno autoriza a las grandes empresas, con una nómina de personal mayor a 800 personas, a acceder al beneficio, también le permite flexibilizar las condiciones de facturación para acceder al mismo por parte de las empresas.
El miércoles pasado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo de inscripción para la nueva etapa del programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo hasta el martes próximo.