El Gobierno y su Amplia Ley «Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos».

Publicado: 28 dic 2023
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El gobierno de Javier Milei envió este miércoles al Congreso el anticipado proyecto de ley “ómnibus”, que denominó de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos, en honor al célebre texto de Juan Bautista Alberdi.

El texto, que contiene 664 artículos a lo largo de 351 páginas, será tratado durante las sesiones extraordinarias que comenzaron ayer y se extenderán hasta el 31 de enero.

El Poder Ejecutivo busca que el Congreso declare la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025.

Esto permitirá que el Gobierno asuma “facultades legislativas” en esas materias.

Una de las sorpresas, por otro lado, fue la incorporación del mismo DNU en el texto de la ley: más de 300 derogaciones y modificaciones de leyes sintetizadas en un solo punto de los más de 600 artículos de la ley.

En principio, el proyecto solo propone, en el artículo 654, ratificar el DNU 70/23, buscando de esta manera sortear el trabajo de la Comisión Bicameral de Trámite Parlamentario. Los alcances -y su legalidad- serán discutidas en los próximos días pero, en principio, su inclusión habilitaría tratar el tema en sesiones extraordinarias.

 

 

El proyecto le otorga al Ejecutivo la potestad de «implementar la mejora de la profesionalización de la carrera administrativa de los agentes de la Administración pública nacional».

Y también lo habilita a «centralizar, fusionar o suprimir entidades descentralizadas creados por norma con rango de ley; así como transferirlos a las provincias».

Con esa premisa, el Ejecutivo también podrá «intervenir todos los órganos y entidades descentralizadas que componen la Administración Pública nacional, con la sola exclusión de las universidades nacionales».

Prevé que el personal que integra la planta de organismos que resultaran eliminados, serán pasados a disponibilidad por un plazo máximo de doce meses en el que podrán ser capacitados para desarrollar otras tareas.

Privatización de Empresas Públicas:

Administración General de Puertos S.E.

Aerolíneas Argentinas S.A.

Empresa Argentina de Soluciones Satelitales S.A. (ARSAT)

Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (Aysa)

Banco de la Nación Argentina SA

Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A. (BICE)

Casa de Moneda S. E.

Contenidos Públicos S.E.

Corredores Viales S.A.

Correo Oficial de la República Argentina S.A.

Construcción de Viviendas para la Armada Argentina S.E.

Dioxitek S.A. (insumos medicinales)

Educ.Ar S.E.

Empresa Argentina de Navegación Aérea S.E.

Energía Argentina S.A. (Enarsa)

Fábrica Argentina de Aviones “Brigadier San Martín” S.A.

Fabricaciones Militares S.E.

Ferrocarriles Argentinos S.E.

Innovaciones Tecnológicas Agropecuarias S.A. (INTeA)

Intercargo S.A.U.

Nación Bursátil S.A.

Pellegrini S.A.

Nación Reaseguros S.A.

Nación Seguros de Retiro S.A.

Nación Servicios S.A.

Nuncleoeléctrica Argentina S.A. (centrales nucleares)

Playas Ferroviarias de Buenos Aires S.A.

Polo Tecnológico Constituyentes S.A.

Radio de la Universidad Nacional del Litoral S.A.

Radio y Televisión Argentina S.E.

Servicio de Radio y Televisión de la Universidad de Córdoba S.A.

Talleres Navales Dársena Norte S.A.C.I. y N. (Tandanor)

Telam S.E.

Desarrollo del Capital Humano Ferroviario SAPEM.

BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A.

Administración de Infraestructuras Ferroviarias S.E.

Operadora Ferroviaria S.E

Vehículo Espacial Nueva Generación S.A.

Yacimientos Carboníferos Fiscales Empresa del Estado (YCF)

Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (YMAD)

YPF S.A

 

La norma propuesta criminaliza a los movimientos sociales, a organizadores, quita derechos políticos y hasta afirma el absurdo de que una reunión de tres o más personas en un espacio público es una manifestación que debe pedir permiso al Ministerio de Seguridad.

Eleva la pena al rango entre un año y 3 años y seis meses de prisión.

Añade agravantes de 2 a 4 años (para quien lleva un arma o causa daño físico) y de 2 a 5 años para quienes «dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación» que impide o entorpece la circulación. Para ellos también se estipulan multas por los cortes y responsabilidad penal en posibles daños que generen manifestantes.

El texto prevé prevé una escala mayor, de 3 a 6 años, para quienes «obliguen a otro a asistir, permanecer o alejarse de una movilización o protesta» con promesas de pago o de «quita de asignación de un beneficio, plan o subsidio». Con esto último, crean una figura a medida de un sistema denuncia que el propio gobierno inventó a través de la línea 134, que recibe supuestas denuncias que pueden ser anónimas, y con lo que ya denunciaron a 32 personas.

También amplía la discrecionalidad de los efectivos para matar con el argumento de que actúan en legítima defensa e impide que los familiares de las víctimas los querellen.

El artículo 331 de la Ley ómnibus dice que se considera «reunión o manifestación a la congregación intencional y temporal de 3 o más personas en un espacio público con el propósito del ejercicio de los derechos aludidos en la presente», que paradójicamente no son reconocidos como derechos.  Además dice que hay que notificar al Ministerio de Seguridad la reunión con al menos 48 horas de antelación, las características, ubicación, duración y nombre de los organizadores.

Atentado contra la autoridad, que tiene una pena de 6 meses a 2 años, pasaría a tener de 4 a 6 años cárcel (un homicidio culposo agravado tiene 5 años).

 

En retenciones la iniciativa pone un piso mínimo del 15 por ciento para todas las exportaciones.

Las excepciones son las que se hicieron públicas en los últimos días por presión del sector agropecuario (que consiguió mantener en cero las retenciones a 18 economías regionales). Para el sector vitivinícola y subproductos del limón, y para el sector de hidrocarburos y minería, se mantienen congeladas en 8 y 4,5 por ciento, respectivamente.

Según el artículo 200 de la ley, los productos que hoy no tienen derechos de exportación pasarán a tributar un 15%. En este punto, quedarán alcanzados productos de economías regionales que no tenían esa presión impositiva o que habían bajado al 0% en la gestión anterior.

En el caso de la soja, el grano seguirá con el 33%, pero el Gobierno subirá la alícuota del 31 al 33% para la harina y el aceite.

El megaproyecto tiene pretensiones de legislar sobre todos los aspectos de la vida de las personas.

 

No dejó tema sin tocar, ni siquiera los culturales. El proyecta deroga el Fondo Nacional del Teatro, el Fondo Nacional de las Artes y reemplaza el mecanismo de asignación de fondos de las Bibliotecas Populares.

 

También afecta varias reivindicaciones en materia de género, por ejemplo la que refiere a la ley de cupo femenino, que no se aplicaría de acuerdo al sistema de circunscripciones uninominales. También modifica la ley de los Mil Días, que había sido sancionada en paralelo a la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo con el objetivo de fortalecer los derechos de las personas gestantes durante el embarazo y hasta los 3 años de vida del niño o niña. El artículo 504, sin embargo, reemplaza «personas gestantes» por «madres» y considera que el acompañamiento de los niños es «desde la concepción», chocando así con lo que dice la ley IVE.

Como si fuera poco, deroga, a su vez, la existencia del INADI en el artículo 348. 

Incluye, por último, varias regresiones en materia ambiental. Modifica la Ley de Bosques, habilitando el desmonte en zonas antes prohibidas y le quita el financiamiento proveniente de las retenciones. Modifica, a su vez, la Ley de Glaciares para permitir la actividad minera en ambientes periglaciares.

 

El artículo 52 refiere a las reglas a seguir en juicio. Respecto de las facultades del juez, dice que el magistrado «vestirá toga negra y usará un martillo para abrir y cerrar las sesiones o cuando resuelva una incidencia». Calcado del sistema de los Estados Unidos. Solamente faltaría hacer extensivo de la toga a los abogados y los fiscales y que usen peluca, como en Gran Bretaña.

El artículo 209 específica de manera inédita el alcance del concepto «gratuito» en toda actividad de «libre acceso», como un show artístico. La palabra «gratuito» tiene el uso prohibido, al igual que similares, «debiéndose aclarar que se trata de una prestación o servicio de libre acceso solventado con los tributos de los contribuyentes». La noción de «nunca un almuerzo es gratis» llevada a la esfera pública.

En el artículos 352, en la reforma de Código Civil y Comercial, se incorpora un inciso al artículo 435. A través de esta modificación, se da validez verbal a «la voluntad de disolver el vínculo» entre cónyuges frente al «órgano administrativo del último domicilio conyugal» y esto «tendrá los mismos efectos que el divorcio».

Incorpora como inciso en el artículo 435 del Código Civil y Comercial -que regula las causas de disolución del matrimonio- la “comunicación de la voluntad de disolver el vínculo presentada por los cónyuges en forma conjunta ante el órgano administrativo del último domicilio conyugal, la cual tendrá los mismos efectos que el divorcio”.

Hasta ahora, el Código Civil reconocía como causales la muerte de uno de los cónyuges, la sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento o el divorcio declarado judicialmente. De aprobarse el proyecto, una pareja podría divorciarse por la vía administrativa en lugar de la judicial.

En el artículo 566, en el apartado referido al Instituto de Cine, se modifica el artículo 26 de la Ley de Fomento de la Actividad Cinematográfica Nacional. El nuevo artículo dice que el Instituto «subsidiará tanto películas de largometraje de producción nacional como coproducciones». Al no tipificar la calidad de esas películas, se puede habilitar el subsidio a, por ejemplo, el cine porno.

En materia cultural se procede, además, al desguace del Fondo Nacional de las Artes y el Instituto Nacional del Teatro, y se la da un duro golpe a la cadena del libro con la derogación de la ley 25.542 de precio uniforme en la vena de libros. Si esto prospera, sacude a las librerías, que no podrían competir ante una política de dumping (precios por debajo del de mercado) y se concentraría la venta en pocas manos.

La iniciativa contiene un capitulo electoral donde se deroga las elecciones primarias, abiertas simultáneas y obligatorias (PASO), se modifica la Oficina Anticorrupción, cambia el régimen de partidos políticos, y la composición de la Cámara de Diputados.

 

Sobre el tema jubilatorio suspende el artículo 32 de la ley 24.241 que fijaba el sistema para aumentar el haber jubilatorio cada tres meses, y dice que el Poder Ejecutivo va a «establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley N° 24.241, teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica».

«Hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos», agrega el texto del proyecto.

 

En cuanto al capítulo impositivo, el proyecto contempla un blanqueo de capitales y una moratoria de las obligaciones tributarias y aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas al 30 de noviembre.

También propone cambios en el régimen tributario de Bienes Personales, fija las retenciones para el sector agropecuarioautoriza las importaciones de gas natural sin necesidad de pedir autorización, unifica los entes de Gas y Electricidad y cambia la ley de biocombustibles.

 

Para las compras en el exterior se modifican las condiciones para traer productos importados cuando se ingresa al país.
De acuerdo al proyecto redactado, no se pagará ningún impuesto por el ingreso de artículos al regresar de un viaje siempre y cuando los mismos sean para uso personal y su importación no tenga fines comerciales, sin importar su precio.
La actual ley vigente tiene un límite en el que se permiten traer libros, indumentaria y calzado, juguetes, productos tecnológicos, entre otros, hasta un valor máximo de US$ 500 por persona sin pagar nada, aunque superado ese tope, el viajero debe abonar el 50% del monto excedido.
Uno de los artículos impone eliminar dicho tributo de aduana, además, señala que para el ingreso de productos mediante el régimen de equipaje “no será necesario completar ningún formulario”, es decir, completar declaraciones juradas.

 

Entre las «muchas curiosidades» presentadas una es: se permite la reventa de entradas deportivas «sin límite de las veces que pueda realizarse dicha operación».

Así, el texto que ingresó al ámbito del Poder Legislativo esta jornada pretende incorporar a la Ley 23.184, de Espectáculos Deportivos, un artículo 48 bis que estipula: «Las entradas deportivas pueden ser revendidas sin límite de las veces que pueda realizarse dicha operación».

 

 

La Ley Ómnibus modifica el artículo 95 de la Ley de Educación Nacional (N° 26.206) y define que “al finalizar los estudios de educación secundaria el Estado Nacional tomará un examen censal obligatorio que mida los aprendizajes adquiridos y las capacidades desarrolladas por los adolescentes que egresan”.

También se buscará “evitar cualquier forma de estigmatización” al difundir los datos y “los padres y los docentes tendrán acceso a la información que les permita tomar decisiones a fin de mejorar la educación de sus hijos y alumnos”.

El examen obligatorio al término de la secundaria ya se aplica en países como Brasil y Corea del Sur, donde el puntaje obtenido en el examen final es tenido en cuenta para ingresar a la universidad elegida por el alumno. En tanto, en Francia Italia se usa para acreditar conocimientos.

Por el momento, no se especificó cómo será la modalidad de la evaluación.

La Ley Ómnibus mantiene el ingreso “libre e irrestricto” pero agrega una opción para los alumnos que deseen saltearse cursos de nivelación, como el CBC en la Universidad de Buenos Aires.

En este sentido, da la posibilidad a las universidades de “implementar un examen que permita al estudiante ingresar directamente sin complementar el proceso de nivelación y orientación profesional y vocacional”.

Se aclara que este examen “en ningún caso debe tener un carácter selectivo excluyente o discriminador”.

El aporte del Estado nacional a las universidades “se distribuirá en función del número de estudiantes matriculados en cada institución, el tipo de carrera ofrecida, tales como carreras de grado, posgrado y otras, y su área de formación y también el número de egresados y otros criterios que se definan”.

 

Milei pretende poder saltearse el Congreso al momento de tomar deuda de organismos del exterior.

En el artículo 107 propone derogar el artículo 1° de la ley Fortalecimiento de la sostenibilidad de deuda pública, que establece que «toda emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras» que supere el porcentaje determinado en la ley de Presupuesto «requerirá de una ley especial del Honorable Congreso de la Nación que la autorice expresamente».

 

El proyecto, asimismo, pretende cambiar la composición de la Cámara de Diputados.

Se pasaría del sistema actual -D’Hont- que determina la cantidad de diputados de forma proporcional con la población, a un sistema de circunscripciones uninominales. Esto último implica la división del país en 254 circunscripciones y se elegirá un diputado por cada una.

 

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Respecto a la composición en Diputados, la iniciativa bajaría la cantidad de representantes de 16 distritos y aumentaría fuertemente las bancas de la provincia de Buenos Aires, que pasaría a tener 97 legisladores, 27 más que en la actualidad.

“El número de diputados nacionales a elegir será de uno por cada 180.000 habitantes o fracción no menor de 90.000”, señala la iniciativa, que busca quitar el piso de cinco diputados para cada provincia.

 

Milei quiere modificar la Ley Micaela, que establecía la capacitación obligatoria en materia de género para todas las personas que integran los tres Poderes del Estado.

Según la ley ómnibus, la normativa pasaría a brindar capacitaciones solo acerca de «violencia familiar y contra la mujer», dejando de lado cualquier atisbo de tratar temáticas vinculadas a la diversidad sexo-genérica.

El proyecto del Ejecutivo también pretende las capacitaciones sean elaboradas y diseñadas solo por la Secretaría de Niñez y Familia y no contempla (como sí lo hace la legislación actual) que los organismos públicos puedan «realizar adaptaciones de materiales y/o programas, o desarrollar uno propio». La autoridad de aplicación de la ley pasaría a ser el Ministerio de Capital Humano.

 

Se establece el libre comercio internacional de hidrocarburos y se prohíbe la intervención o la fijación de precios de comercialización en el mercado interno en cualquiera de las etapas de producción

Se modifica la ley de Biocombustibles para permitir libre comercio de biocombustibles, en términos de precio y aprovisionamiento.

Se unifican los Entes Reguladores del Gas y la Electricidad para el control de las empresas concesionarias y licenciatarias de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural.

El proyecto establece transferir en enero del 2025 el Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) a la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Se transfiere a la Ciudad de Buenos Aires la justicia con competencia local, que hoy sigue bajo la justicia nacional.

Se propone que el Poder Judicial y el Poder Legislativo tengan también una Oficina Anticorrupción, que actualmente alcanza sólo al Poder Ejecutivo.

Se instaura un proceso de evaluación continua de los docentes y se eliminan las restricciones a la educación a distancia.

Se prohíbe el ingreso de personas sin secundario completo en la educación superior.

 

Una de las modificaciones en Bienes Personales es la eliminación del diferencial de alícuotas por tener activos en el exterior. 

En los últimos años rigió una tabla especial, con un tributo más caro por los bienes que están fuera del país. Según la iniciativa, todo el patrimonio quedaría alcanzado por igual en cuanto al nivel de la imposición, con alícuotas que van desde el 0,5%, para quienes tengan activos valuados en no más $13.688.704, hasta el 1,5% sobre el excedente de $456.290.138 más un fijo de $5.389.927, si se tienen bienes gravados valuados en más de $456.290.138.

 

En lo referido a Obra Pública el proyecto abre la puerta para que la infraestructura sea financiada por privados y dispone la renegociación o rescisión de contratos en ejecución.

De aprobarse la norma, el Poder Ejecutivo podrá disponer “por razones de emergencia la renegociación o en su caso rescisión de los contratos de cualquier tipo que generen obligaciones a cargo del Estado, celebrados con anterioridad al 10 de diciembre de 2023 por cualquier órgano o ente descentralizado de la Administración Pública Nacional”.

La iniciativa contempla un esquema de regreso para las concesiones, un contrato que tiene en su esencia la transferencia del riesgo (del Estado al concesionario) a cambio del pago de un canon que puede o no tener que ver con el resultado de la explotación.

Para los contratos de obra pública que, a la fecha de sanción de la ley, tengan el plazo vencido y con cuestiones litigiosas pendientes, se abre una instancia para que el concesionario someta las divergencias contractuales pendientes al mecanismo de solución de controversias previsto para los nuevos proyectos.

 

El proyecto libertario plantea cambios en ocho de los más de 40 artículos de la ley de salud mental, entre los que figuran los puntos más debatidos y resistidos de la norma, como las internaciones involuntarias, la existencia de hospitales especializados o la actuación del Órgano de Revisión (OR). De aprobarse el nuevo texto, el OR, un cuerpo integrado por abogados para monitorear el cumplimiento de la ley de salud mental, pasará a estar compuesto por un equipo multidisciplinario.

Si bien se mantiene la excepcionalidad de la internación como recurso terapéutico, la iniciativa aclara que “procede, previa evaluación médica y del equipo interdisciplinario” en casos específicos, por ejemplo, cuando la persona no logre adherencia a los abordajes ambulatorios y presente una falta de conciencia de enfermedad que afecte su capacidad de discernimiento, implique un riesgo para sí o para terceros o se trate de un menor de edad que padece adicción a sustancias psicoactivas que comprometan gravemente su salud integral, entre otros.

 

 

Otro objetivo de la iniciativa es modificar tres leyes regulatorias en materia de medio ambiente: la Ley de Bosques Nativos, la Ley de Glaciares y la Ley de Protección Ambiental contra la Actividad de Quema.

El Gobierno pretende crear un mercado de carbono y establecer controles de emisiones a los distintos sectores productivos. Este tipo de mercados funcionan a partir de límites que, en este caso, el Poder Ejecutivo fija sobre los derechos de emisiones. En otras palabras, cada sector tendría la posibilidad de emitir cierta cantidad de gases de efecto invernadero. De ser superar esa barrera, el emisor tendría que pagar una multa o pagar por mitigar.

 

La iniciativa de «Blanqueo Laboral» contempla beneficios para aquellos empresarios que regularicen la situación de sus empleados al promover una una suerte de blanqueo laboral, presentado como “Promoción del Empleo Registrado”.

El proyecto habilita la “extinción de la acción penal” y “condonación de las infracciones, multas y sanciones” por irregularidades en la contratación de un empleado. Además, podría dar de baja el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), creado durante el kirchnerismo.

“La regularización de las relaciones laborales deberá efectivizarse dentro de los noventa (90) días corridos, contados desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación de la presente ley. La reglamentación podrá disponer planes de regularización plurianuales, previendo un plazo máximo de 5 años y una regulación anual mínima del 20% de las diferencias. El porcentaje deberá ser constante o decreciente a lo largo de todo el plan de regularización”, indica el texto.

 

En el tema de «Moratoria Impositiva» el Gobierno plantea un nuevo régimen de regularización de obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social. “Se prevé la posibilidad de que los contribuyentes y responsables se acojan al régimen, obteniendo distintos beneficios según la modalidad de la adhesión y el tipo de deuda que registren”, dice el texto.

En primer lugar, todos los contribuyentes podrán acogerse por las obligaciones tributarias vencidas al 30 de noviembre pasado, inclusive desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación que dicte la AFIP y hasta transcurrido 150 días corridos.

El acogimiento al régimen producirá la suspensión de las acciones penales tributarias, aduaneras y de los recursos de la seguridad social en curso.

El proyecto señala que se condonará el 50%, 30% y 10% de los intereses resarcitorios y punitorios en los siguientes casos: si el contribuyente se adhiere antes de los 90 días desde la entrada de vigencia del régimen y paga al contado; si se adhiere antes de ese plazo, pero paga en un plan de facilidades, y si se adhiere a partir del día 91, respectivamente.

 

Se permitirá el «Blanqueo de Capitales» para regularizar hasta US$100.000 en efectivo, inmuebles o criptomonedas sin pagar impuestos. El plazo para adherir al régimen de blanqueo se extenderá hasta el 30 de noviembre del año próximo, pero en tres etapas, y no se deberá “aportar documentación o información adicional respecto de la adhesión al régimen”, consigna el proyecto.

Se podrán blanquear la mayoría de los bienes dentro y fuera del país, como la moneda nacional o extranjera, sea en efectivo o depositada en cuentas bancarias o de cualquier otro tipo; inmuebles; acciones, participación en sociedades, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos y otros similares, y criptomonedas, entre otros.

La primera etapa abarca desde el día siguiente a la entrada en vigencia de la reglamentación hasta el 31 de marzo próximo, cuando se deberá pagar un adelanto de la alícuota del 5%. Luego habrá tiempo hasta el 31 de mayo para regularizar el resto del impuesto.

La segunda etapa rige desde el 1° de abril al 30 de junio para pagar un adelanto de la alícuota de 10% y habrá tiempo para regularizar el restante hasta 31 de agosto. Finalmente, la tercera etapa tendrá lugar entre julio y septiembre, y la alícuota será del 15%.

 

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