Los Pibes de Floresta
En la tarde noche del 28 de diciembre en la Plaza de Mayo siguieron las movilizaciones y también volvió la represión por parte de la policía federal. Todavía Adolfo Rodríguez Saá era presidente de la Nación, quien renunciaría horas después.
Ya en la madrugada del 29 y a muchas cuadras de distancia, en el barrio de Floresta, en una estación de servicio YPF ubicada en la Av. Gaona y la calle Bahía Blanca, cuatro jóvenes estaban tomando unas cervezas mientras por televisión veían la repetición de las escenas de violencia de horas antes. Se veía que un policía les pegaba a los manifestantes. En un momento muestra una imagen distinta. Varios manifestantes habían podido agarrar a un policía y comienzan a golpearlo. Uno de los jóvenes comenta: “por fin una vez les tocó a ellos”. Esas palabras bastaron para que Juan de Dios Velaztiqui, suboficial de la policía federal retirado, y reincorporado para hacer custodio en ese lugar dijo “basta”, sacó su arma y le disparó a quemarropa a Maximiliano Tasca, Cristian Gómez y Adrián Matassa. Los dos primeros mueren en el acto. Adrián al día siguiente en el hospital. El cuarto joven, Enrique logra escapar y se salva milagrosamente porque el disparo de Velaztiqui no da en el blanco.
Velaztiqui había sido retirado de la policía por mal comportamiento, jubilado y luego reincorporado para hacer tareas de custodio en esa estación de servicio. En épocas de la dictadura cívico-militar-eclesiástica fue chofer del dictador Jorge Rafael Videla. Antes, “tuvo causas por “apremios ilegales” y por “vejaciones”, en este caso por haber hecho trotar hasta la seccional más cercana a 49 hinchas de Nueva Chicago, sólo por cantar la Marcha Peronista en tiempos de veda política”.
En su descargo Velaztequi “También pido perdón a todo hombre y mujer de mi patria a quienes haya entristecido con mi desgraciada y fracasada actuación… La intervención de Velaztiqui fue recibida por insultos que partieron del público, totalmente adverso al policía. “Ni Dios, ni la patria, ni la puta que te parió te van a perdonar.” El grito, acompañado por el llanto, partió de Silvia Yrigaray, la mamá de Maximiliano Tasca.
El suboficial de la policía federal esa noche intentó fraguar un enfrentamiento con los jóvenes, plantó un cuchillo al lado de uno de ellos y arrastró los cuerpos hasta la entrada del bar de la estación de servicio. Los policías que llegaron al lugar minutos después escucharon de parte de Velastiqui que “había abatido a tres delincuentes” que lo habían atacado. Velaztiqui no contaba que en el lugar había otras personas. Sandra Bravo, de 37 años que era la empleada que atendía el maxi quiosco y que había visto todo lo sucedido.
Sandra tuvo la capacidad de detallar en el medio de un llanto que conmovió hasta los jueces. Cuando digo que conmovía era de que lloraban también (los jueces) por el detalle de cada segundo de todo lo mal que hizo ese policía, de la violencia que desarrolló. “Yo lo insulté, le grité: ‘Hijo de puta, por qué me mataste a los chicos si no te habían hecho nada’.” En su relato del triple crimen de Floresta, la empleada del maxikiosco de Gaona y Bahía Blanca, Sandra Bravo, habló en primera persona, asumiendo como hijos a las víctimas que dejó a su paso el policía Juan de Dios Velaztiqui.
El día del juicio atestiguó Enrique Díaz, el cuarto joven que pudo escapar. “Quique salva su vida. En el juicio hizo un croquis contando cómo estaban sentados. A Quique no lo vimos nunca más, porque él nunca más quiso volver a pisar la calle Gaona, vivía también cerca de casa. Pobrecito, él quedó con vida, pero vio morir a sus tres amigos”, contó la mamá de Maxi.
Juan de Dios Velaztiqui fue el primer policía condenado a cadena perpetua por triple homicidio calificado por alevosía.
Fue la primera vez que un policía recibe esa condena por violencia institucional. La condena fue del Tribunal Oral Federal Nº 13 de la Ciudad de Buenos Aires. Tenía 63 años al momento de la condena. Diez años más tarde, cuando cumplió 72 años, en agosto de 2012 fue beneficiado con la prisión domiciliaria amparado por la Ley 24.660 que prevé que el Juez de Ejecución Penal podrá disponer el cumplimiento de la pena impuesta en detención domiciliaria cuando el interno sea mayor de 70 años o padezca una enfermedad incurable en período terminal. Murió en su casa a los 82 años.