Reforma al Régimen Migratorio por Decreto.
El Gobierno Nacional dió a conocer el Decreto de Necesidad y Urgencia 366/2025, firmado por el Presidente de la Nación en acuerdo general de ministros, introduce una reforma estructural al régimen migratorio argentino.
La norma modifica en profundidad la Ley de Migraciones N° 25.871, la Ley de Ciudadanía N° 346, la Ley de Educación Superior N° 24.521 y la Ley de Educación Nacional N° 26.206.
El decreto introdujo restricciones significativas en el acceso a la ciudadanía, facilita las deportaciones y abre la puerta al cobro de aranceles por servicios de salud y educación para extranjeros.
El decreto habilitó a las universidades públicas a cobrar aranceles a estudiantes extranjeros no residentes permanentes ni nativos. En el ámbito de la salud, estableció que, fuera de casos de emergencia y para residentes permanentes, la atención médica habitual en establecimientos nacionales estará sujeta a la presentación de un seguro de salud o al pago previo del servicio.
A continuación, se detalla el contenido del decreto y los principales cambios introducidos en cada uno de los sistemas alcanzados por la normativa.
1. Migración: redefinición de categorías y condiciones de residencia
Nuevas categorías migratorias
El decreto define tres tipos de residencia:
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Residente permanente
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Residente temporario
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Residente transitorio
Introduce una figura intermedia llamada residencia precaria, válida por hasta 90 días (prorrogables por resolución fundada), que habilita al extranjero a ingresar, egresar, trabajar y estudiar. No genera derecho al arraigo ni a la nacionalidad.
Requisitos para obtener residencia
Para acceder a la residencia permanente, los extranjeros deberán acreditar:
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Medios económicos suficientes.
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Ausencia de antecedentes penales.
Los hijos de argentinos por nacimiento, opción o naturalización recibirán directamente la categoría de residentes permanentes.
Nuevos impedimentos de ingreso y permanencia
Se amplía la lista de causales de inadmisión y expulsión, incluyendo:
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Condenas penales, aunque no estén firmes.
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Procesamientos elevados a juicio.
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Falsificación documental.
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Desnaturalización de los motivos de ingreso.
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Participación en organizaciones criminales o terroristas.
La Dirección Nacional de Migraciones (DNM) será notificada por el Poder Judicial y el Ministerio Público Fiscal de las novedades procesales que afecten a extranjeros.
2. Acceso a salud y educación: diferenciación según situación migratoria
Salud pública
Se establece lo siguiente:
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Acceso gratuito solo para residentes permanentes o en casos de emergencia.
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Los demás extranjeros deberán presentar un seguro médico o abonar el servicio.
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Se habilita a los hospitales públicos nacionales a cobrar prestaciones médicas a extranjeros no residentes.
Educación
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Se mantiene la gratuidad en niveles inicial, primario y secundario para todos, incluso personas sin DNI.
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En universidades públicas, la gratuidad se limita a:
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Ciudadanos argentinos.
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Extranjeros con residencia permanente.
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Las universidades podrán establecer aranceles para quienes no cumplan estos requisitos.
3. Control migratorio y obligaciones del extranjero
Nuevas atribuciones para la Dirección Nacional de Migraciones
La DNM podrá:
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Fiscalizar empleadores y alojamientos.
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Solicitar documentación en operativos.
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Requerir la retención preventiva del extranjero ante el Poder Judicial.
Declaración jurada de ingreso
Todo extranjero deberá presentar una declaración jurada al ingresar al país, informando:
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Motivo de ingreso.
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Seguro de salud.
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Otros datos que determine la reglamentación.
Domicilio y notificaciones
Los extranjeros deberán informar:
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Domicilio real y electrónico.
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Todo cambio deberá ser informado en un plazo de 3 días hábiles.
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El domicilio electrónico tendrá pleno valor jurídico para notificaciones.
4. Procedimiento de expulsión y recursos
Cancelación de residencia y expulsión
La DNM podrá cancelar residencias y ordenar la expulsión en casos como:
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Condena penal.
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Falsedad documental.
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Desnaturalización del motivo de ingreso.
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Ausencia prolongada en el país (según categoría).
En algunos casos, se prevé la dispensa por razones humanitarias o de reunificación familiar, excepto si hay condena por delitos dolosos contra la vida, la integridad sexual o los poderes públicos.
Retención preventiva
Cuando exista resolución de expulsión, la DNM podrá solicitar la retención del extranjero ante el juez competente. Esta medida:
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No podrá superar los 30 días (prorrogable por otros 30).
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Tiene por objeto garantizar la ejecución de la expulsión.
Vía administrativa y judicial
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Se eliminan recursos de reconsideración y alzada en muchos casos.
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El recurso judicial deberá presentarse directamente ante la Cámara Federal.
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Se acortan los plazos de trámite.
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La revisión judicial se limitará al control de legalidad, razonabilidad y debido proceso.
5. Ciudadanía argentina: nuevas condiciones para naturalización
Sustitución del rol del Poder Judicial
La Dirección Nacional de Migraciones será ahora la autoridad encargada de:
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Otorgar la carta de ciudadanía.
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Coordinar con el RENAPER para la emisión del DNI.
Nuevas condiciones
Se establecen dos vías:
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Residencia continua y legal de dos años sin ausencias.
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Inversión relevante en el país.
El Ministerio de Economía determinará qué inversiones se consideran relevantes. Se crea la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión, con facultades para evaluar solicitudes y coordinar políticas de atracción de capital extranjero.
6. Vigencia
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Los trámites de residencia y ciudadanía en curso seguirán su curso bajo la legislación anterior.
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Las nuevas disposiciones entran en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Fuente: Derecho en Zapatillas