Agravan Penas por Agresión a Docentes y Personal de Salud.
La Legislatura porteña sancionó una ley que modifica el artículo 53 del Código Contravencional de la Ciudad para establecer como un agravante la agresión a trabajadores de la salud y la educación.
El Código Contravencional de la Ciudad, en los artículos 51 y 52, impone las sanciones para quien pelea o toma parte en una agresión en lugar público, con 1 a 5 días de trabajo comunitario, una multa de 200 a 1.000 pesos o 1 a 5 días de arresto.
El mismo castigo corresponde, siempre que el hecho no constituya delito, al hostigar, maltratar o intimidar.
Al modificar el artículo 53 del Código Contravencional se duplicarán las sanciones cuando la victima es trabajador de la educación, sea docente o no, o trabajador de la salud, sea profesional o no y el hecho tiene lugar dentro del establecimiento donde se desempeña, o fuera del mismo siempre que la conducta esté motivada en razón de su tarea, función o cargo.
Los fundamentos de la iniciativa que fue motivada “por el notable incremento de agresiones y hechos de violencia protagonizados por padres o personas relacionadas con los alumnos, en perjuicio de trabajadores docentes y no docentes, por cuestiones derivadas de la función docente o de la convivencia en el ámbito escolar, afectando seriamente la seguridad personal de los trabajadores y perturbando la misión educativa y formativa que debe cumplirse en ese ámbito”.
Algo que también se viene produciendo en el área de salud, donde los profesionales, auxiliares y personal que cumple allí toda clase de tareas, sufren agresiones por parte de pacientes o personas que los acompañan.