Centros Culturales
La Legislatura Porteña sanciona, en forma definitiva la noma que define y crea el rubro Centros Culturales, pasando a ser «El espacio no convencional y/o experimental y/o multifuncional en el que se realicen manifestaciones artísticas de cualquier tipo».
Los Centros Culturales fueron clasificados en cuatro categorías dependiendo de la capacidad:
CLASE A: hasta 150 personas.
CLASE B: hasta 300 personas y 500 m2.
CLASE C: hasta 500 personas y 1000 m2.
CLASE D: más de 500 personas y 1000 m2.
La ley también cita los medios de egreso, la salubridad, iluminación de emergencia, previsiones contra incendio y requisitos de evacuación.
La finalidad no es el lucro, ni la mera difusión de expresiones artísticas sino la participación de los vecinos.
Podrán tener servicios de bebidas y comidas, y entre los accesorios se incluye también la venta de libros y discos y las galerías de arte.
Los centros culturales funcionan como espacios de interacción comunitaria, se brindan talleres artísticos, se crean medios de comunicación, se desarrollan espacios de educación popular y se abren a distintos artistas para mostrar su arte.