Día del/la Empleado/a de Comercio
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) cambió en 2023 la fecha por el Día del Empleado de Comercio para más de 1,2 millones de personas alcanzadas por la Convención Colectiva de Trabajo 130/75.
Es que originalmente se festeja cada 26 de septiembre, pero se decidió que este año fuera hoy lunes 25 y crear así un fin de semana largo para los trabajadores de este sector.
Anclado originalmente el 26 de septiembre de cada año, el Día del Empleado de Comercio se estableció desde 2009 para que los empleados del sector pudieran gozar de un día de descanso, según lo dispuesto por la Ley N° 26.541, ratificada por la disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo 759/2021.
Se celebra en recuerdo de la fecha en la cual se sancionó la Ley N° 11.729, que legisla las relaciones de trabajo, en 1934.
¿A quiénes se los considera empleados de comercio, según el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT)?
Personal de maestranza y servicios; los administrativos; personal auxiliar que realice tareas de reparación, ejecución, o service de toda índole; auxiliares especializados con conocimientos o habilidades especiales en técnicas o artes; y personal de ventas.
La Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 determina en el artículo 181 que en los días feriados los empleados no están obligados a trabajar. Si lo hacen, el empleador debe pagarles el doble. Es decir, el trabajador gana un 100% más en comparación a un día normal.
Para el cálculo, el salario del trabajador mensualizado deberá dividirse por 30, restando un día que corresponde al feriado.
A su vez, se deberá dividir el sueldo por 25. Finalmente, a los 29 días del sueldo antes mencionado se le deberá agregar el día calculado con el criterio de las vacaciones -con lo cual percibirá una pequeña diferencia a su favor-.