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La Justicia Suspende Obras de Buenos Aires Playa.
Publicado: 02 ene 2023
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La Justicia porteña falló en contra del gobierno de Horacio Rodríguez Larreta y suspendió las obras del proyecto BA Playa impulsada en Costanera Norte en el marco del Distrito Jóven.
La nueva playa implicaría rellenar alrededor de tres hectáreas sobre el Río de la Plata y el juez de primera instancia, Martín Converset, sostuvo que esa obra debe ser autorizada previamente por la Legislatura porteña ya que abarca bienes de dominio público.
Desde la Defensoría del Pueblo, que presentó la acción de amparo que derivó en el fallo judicial, advirtieron además que la obra «facilita y promueve el contacto de los ciudadanos con aguas que se encuentran altamente contaminadas«.
Además, es violatorio del Plan Urbano Ambiental que establece que se debe respetar el perfil y/o silueta costera de los rellenos existentes del Río de la Plata.
Hasta el momento, la única norma que atañe al espacio en cuestión, ubicado a la altura de la Avenida Costanera Rafael Obligado al 6600, es la del Distrito Jóven, aprobada en el año 2018.
El Artículo N°9 de esa ley establece que «los terrenos ribereños producto de los rellenos costeros realizados o a realizarse al Río de la Plata» se regirán bajo la misma normativa que el Distrito destinado a la explotación gastronómica, de entretenimientos, boliches y bares.
“La realización de las obras pone en peligro la salud de las personas ya que están vinculadas con el ambiente, conforme a lo establecido por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (art 20) y el derecho a un ambiente sano que se debe preservar y defender en provecho de las generaciones presentes y futuras (art 26)”, se indicó.
“Por otra parte, la Ley de Ambiente establece los principios de prevención y precautorio con el objetivo de que, en relación a los temas ambientales, se aborde la cuestión de manera integral tratando de prevenir los efectos negativos que se pueden producir”, agregaron.
“La realización de las obras pone en peligro la salud de las personas ya que están vinculadas con el ambiente, conforme a lo establecido por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (art 20) y el derecho a un ambiente sano que se debe preservar y defender en provecho de las generaciones presentes y futuras (art 26)”, se indicó.
“Por otra parte, la Ley de Ambiente establece los principios de prevención y precautorio con el objetivo de que, en relación a los temas ambientales, se aborde la cuestión de manera integral tratando de prevenir los efectos negativos que se pueden producir”, agregaron.
Asimismo, la Justicia ordenó la intervención de la Legislatura porteña al considerar que si se lleva adelante una acción para transformar o desafectar un espacio determinado de la ribera del Río de la Plata en un parque público, se requiere necesariamente la debida injerencia de ese organismo.
La medida cautelar ordena la notificación al Estado Nacional a los efectos de que, en caso de estimarlo conveniente, informe sobre las obras en cuestión a la Comisión Administradora instaurada por el Tratado del Río de la Plata, en el marco del convenio suscripto entre los gobiernos de Argentina y Uruguay, en relación con la administración del Río.
La medida cautelar ordena la notificación al Estado Nacional a los efectos de que, en caso de estimarlo conveniente, informe sobre las obras en cuestión a la Comisión Administradora instaurada por el Tratado del Río de la Plata, en el marco del convenio suscripto entre los gobiernos de Argentina y Uruguay, en relación con la administración del Río.
Además de la Defensoría, otras organizaciones se sumaron al amparo colectivo en la demanda contra el GCBA: el Observatorio del Derecho a la Ciudad, el Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas, la Cátedra de Ingeniería Comunitaria y la Fundación Ciudad.
Como ya lo hicieron en la audiencia pública, las organizaciones alertaron ahora en un comunicado que el objetivo final de la construcción de BA Playa es el de mantener concesionadas las tierras existentes que actualmente se encuentran en manos privadas.