Medios Barriales, Restricción e Incumplimiento de la Ley.
Ante la medida tomada desde el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires provocando una disminución en los ingresos que por ley corresponden a los medios de comunicación barriales, transcribimos la nota publicada hoy en Pagina 12, que resume en gran medida la situación que pone en serios aprietos a la expresión que no cuenta con los medios económicos que si tienen otros de mayor poder y sustento publicitario.
«El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, mediante una medida administrativa, la Resolución N° 813/2018, recortó un 17 por ciento la pauta publicitaria que reciben los medios de comunicación barriales, alterando lo dispuesto por la Ley 2.587. Esta norma, sancionada el 6 de diciembre de 2007, crea un Registro de Medios Vecinales de la Ciudad y regula la contraprestación publicitaria con un monto establecido en base a un porcentaje de la tarifa de la página 7 del diario pago de mayor tirada en la Ciudad.
Para ser parte de este Registro, los medios barriales deben inscribirse cada año y ser aprobados por el veredicto de una Comisión Evaluadora dependiente de la Subsecretaría de Comunicación Social, encargada de controlar los requisitos que estipula la ley, entre otros: antigüedad, contenido propio, y que la publicidad no exceda el cincuenta por ciento del espacio total del medio.
Un comunicado de medios barriales y vecinales (incluye radios, revistas, diarios y páginas web) explica:
“Estos medios reciben por ley una pauta publicitaria –imprescindible para su sostenimiento– que tiene severas exigencias a cumplir y que, dadas las nuevas condiciones planteadas inconstitucionalmente, los coloca en vías de extinción, arrinconados económicamente por la decisión del subsecretario de Comunicación Social del Gobierno porteño, Máximo Merchensky, quien dispuso rebajar en un 17 por ciento la pauta otorgada como contraprestación publicitaria”.
Por esta razón, 58 medios vecinales presentaron una acción de amparo colectivo, con el patrocinio del Observatorio del Derecho a la Ciudad. La causa quedó radicada en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 11.
El comunicado consigna además que la jueza Paola Cabezas Cescato, titular de ese juzgado, denegó el amparo, “en un fallo arbitrario, con total desconocimiento de las leyes que amparan a los medios vecinales y plagado de contradicciones, que se apelará y quedará en manos de los jueces de cámara proteger los derechos de los medios vecinales”.
En el Boletín Oficial porteño del 5 de febrero se publicó la resolución de la Subsecretaría de Comunicación Social –encuadrada en un recorte general de gastos del Ejecutivo– que modifica sin decirlo la ley y su decreto reglamentario, porque cambia la manera de calcular el valor de la pauta publicitaria, lo que produce un recorte del 17 por ciento. Esto es inconstitucional porque el Ejecutivo no puede reglamentar una ley alterando su espíritu ni dictar resoluciones de carácter legislativo.
Este recorte se produce poco después de que la Legislatura porteña sancionara la ley N° 5.919, que establece el 6 de diciembre como el Día de los Medios Vecinales de Comunicación Social, para “fomentar y promover sus actividades de comunicación y divulgación de información, así como su rol social, cultural y político”, con lo que reconoce la importancia de estos medios para la Ciudad.
En sus publicaciones de marzo, los medios difundían los perjuicios que implicaba para ellos el ajuste en los valores de la publicidad oficial, pues se veían obligados a volver a calcular el presupuesto y replantearse la posibilidad de concretar o no sus proyectos, lo que a su vez repercutirá en las fuentes de trabajo que los medios vecinales generan, de manera directa e indirecta: imprenta, diseñadores, distribuidores, colaboradores (periodistas, locutores, operadores de radio, etcétera).»