Monotributo del 2022.
Los valores del monotributo registrarán una actualización del 26 por ciento a partir del primero de enero de 2022.
En la AFIP aclararon que las escalas de facturación para las categorías A, B y C, donde están 7 de cada 10 monotributistas, subirán más de 60 por ciento.
La modificación fue diseñada con un criterio progresivo de aumento en los topes que beneficiaba más a las categorías más bajas. Por eso, los nuevos valores debieron calcularse utilizando la variación de la fórmula de movilidad jubilatoria para la segunda mitad de 2021.
La actualización de las escalas arrojará así un incremento promedio ponderado por cantidad de monotributistas en cada categoría que asciende al 61,2 por ciento en el año.
La facturación registrará una actualización promedio por encima de la inflación.
A partir de la actualización del 26 por ciento, los pequeños contribuyentes de la categoría A que hasta ahora abonaban una cuota mensual de 2.646,22 pesos en concepto de los tres componentes del monotributo (salud, jubilación, impositivo) pasarán a pagar 3.334,24 pesos.
Mientras que el tope de facturación anual para la categoría A ascenderá de 370.000 a 466.000 pesos.
Podrán facturar mensualmente en promedio hasta $38.850.
Para un monotributista de la categoría B que paga mensualmente 2.958,95 pesos desde enero abonará 3.728,29 pesos. En cuanto a la escala, pasará de 550.000 a 693.000 pesos anuales y el monto máximo mensual ascenderá a 57.750 pesos.
La categoría C abonará hasta 4.262,11 pesos.
La categoría D abonará hasta 5.025,96 pesos.
La categoría E abonará hasta 6.601,71 pesos.
La categoría F abonará hasta 7.902,06 pesos.
La categoría G abonará hasta 9.216,76 pesos.
Para los contribuyentes registrados en las categorías más elevadas -como la H- pasarán a pagar de 12.789,38 a 16.147,46 pesos de obligación mensual.
El tope de facturación ascenderá a 3.276.011,54 anuales o 273.000 mensuales.
Entre los cambios que se anunciaron figuran que los monostribustistas que haya pagado a tiempo nueve meses de 2021 tendrán la posibilidad de recuperar un mes de sus obligaciones mensuales pagadas este año.
En la norma se precisan las condiciones para acceder a este beneficio, que está previsto para los pequeños contribuyentes que cancelan el monotributo a través de débito directo de cuenta bancaria o tarjeta de crédito.
Con esta medida se reduce de manera excepcional de 12 a 9 meses del año la condición para percibir el reintegro de un mes de obligaciones.