Obligaciones para los Administradores en la CABA.

Publicado: 05 abr 2025
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Desde este mes entró en vigencia en la Ciudad de Buenos Aires la obligación para que los administradores pongan a disposición de los vecinos el reglamento de copropiedad y un manual de buenas prácticas consorciales.
El reglamento de copropiedad es un documento que especifica, entre otras cuestiones, la proporcionalidad que tiene cada unidad funcional dentro del total de metros de superficie y determina el porcentaje que debe abonar de las expensas.
También fija la cantidad de asambleas y su periodicidad en el año, las formas de uso de los espacios de uso común, entre otras cuestiones que hacen a la convivencia consorcial.
Asimismo, para ofrecer mayor información, desde el gobierno porteño se elaboró un manual de buenas prácticas consorciales que establece los lineamientos fundamentales que rigen la vida consorcial, para mejorar la eficiencia en la gestión de consorcios y fomentar el compromiso de los propietarios y administradores. El  mismo está disponible en la página web de la Ciudad.
La disposición específica que será obligatoria la incorporación del Manual de Buenas Prácticas Consorciales a la liquidación de expensas dirigida a los consorcistas y el Reglamento de Propiedad Horizontal de cada consorcio, mediante QR o hipervínculo o link o cualquier otro medio fehaciente, como por ejemplo correo electrónico.
En caso de no verificarse su cumplimiento, los administradores serán pasibles de las sanciones establecidas por La Ley 941.
Hay que destacar que la nueva disposición se suma a una serie de medidas ya dispuestas y que permiten a los vecinos tener acceso a todos los comprobantes respaldatorios de los pagos que el administrador haya realizado a nombre del consorcio.
En este sentido, los vecinos pueden verificar las facturas emitidas por los proveedores tanto de obras de mantenimiento, de seguros obligatorios, servicios de saneamiento y aguas (AYSA) y demás gastos incluidos en las expensas.
Cuestiones importantes:
  • Definición del consorcio: Es la comunidad de propietarios y ocupantes de unidades funcionales, constituyendo una persona jurídica independiente con tres órganos principales: la asamblea, el administrador y el consejo de propietarios.
  • Compromiso consorcial: Se recomienda que los vecinos se informen sobre sus derechos y obligaciones y que también conozcan las responsabilidades del administrador.
  • Armonía y bienestar: La buena administración y el pago puntual de expensas garantizan la seguridad y el mantenimiento del edificio, así como también la participación activa en las asambleas.
  • Reglamento de propiedad horizontal: Es el documento aprobado por la asamblea que regula las relaciones entre propietarios, inquilinos y el administrador.
  • Conservación y respeto: Cada propietario debe mantener su unidad en buen estado y evitar actividades que alteren la tranquilidad del consorcio o pongan en riesgo la seguridad del inmueble.
  • Expensas ordinarias y extraordinarias: Las primeras cubren el mantenimiento regular del edificio, mientras que las segundas son asumidas por los propietarios para afrontar gastos excepcionales.
  • Transparencia en la gestión: Los vecinos tienen derecho a supervisar el manejo de fondos y el administrador debe garantizar el acceso a la información a través de medios digitales.
  • Importancia de las asambleas: Principal instancia de deliberación y decisión del consorcio, donde se elige o remueve al administrador y se toman decisiones clave.
  • Obligaciones del administrador: Debe convocar asambleas, ejecutar sus decisiones, cuidar las partes comunes, liquidar expensas y estar matriculado en el Registro Público de Administradores de la Ciudad.
  • Cese del administrador: En caso de renuncia o remoción, debe entregar toda la documentación del consorcio en un plazo de 15 días hábiles sin retener ningún documento clave.
    Qué problemáticas denuncian los vecinos consorcistas
Durante 2024 se presentaron ante Defensa al Consumidor porteña 2943 denuncias contra administradores de consorcios. Una de cada cuatro denuncias está vinculada a la falta de mantenimiento de espacios comunes.
En segundo término, los vecinos denunciaron al administrador porque no ejecuta las decisiones votadas en la asamblea conforme a los plazos fijados. Hay que señalar que la asamblea de propietarios es el órgano que toma decisiones y a través del cual se exterioriza la voluntad de los vecinos.
La tercera problemática más reportada es la contratación de personal sin matrícula, una práctica que prohíbe la ley 941, que establece la contratación de personal matriculado para tareas de mantenimiento de gas y electricidad por ejemplo, esta obligación es un reaseguro para los vecinos que permite ofrecer condiciones de seguridad además de garantizar la calidad de los trabajos que se realizan en los edificios.
Defensa al Consumidor de la Ciudad es un organismo dependiente de la secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano que ofrece asesoramiento a los vecinos a través de su cuenta @BAconsumidor en Facebook y X.
Asimismo, posee un servicio de resolución de conflictos por incumplimientos de empresas, comercios y administradores de consorcios, a través de denuncias que pueden formalizarse en forma presencial o digital a través de la web.