Obtención y Renovación de Licencias para Conducir.

Publicado: 11 abr 2025
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El Gobierno Nacional oficializó a través del Decreto 196/2025, publicado recientemente en el Boletín Oficial, una serie de cambios en el Código de Tránsito, entre ellos en la obtención y renovación de la Licencia Nacional de Conducir.
A partir de ahora, la Licencia Nacional de Conducir en su formato digital, accesible mediante la aplicación Mi Argentina, tiene plena validez en todo el territorio nacional.
Es opcional contar con la versión física del carnet.
Otro cambio sustancial afecta el proceso de renovación de las habilitaciones para conducir.
Se habilita a que profesionales médicos debidamente acreditados puedan realizar la evaluación de aptitud psicofísica.
Este certificado médico será el único requisito necesario para que los titulares de licencias particulares (categorías A, B y G) puedan renovarlas. Los centros médicos deben estar habilitados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
El trámite posterior se completa de forma digital, presentando la documentación a través de un portal online.
De esta manera, ya no es obligatorio presentarse en centro municipales emisores, aunque la opción sigue estando disponible para quienes así lo deseen.
Para tramitar la Licencia Nacional de Conducir por primera vez se puede iniciar el trámite vía online, pero luego se debe concurrir al Centro Emisor de Licencias correspondiente para realizar los exámenes de idoneidad.
  • Las licencias particulares (A, B  y G) ser pueden renovar de manera online, aunque hay que contar con una evaluación psicofísica.
  • Quienes tramiten el registro por primera vez sí deben presentarse a realizar los exámenes correspondientes.
  • No es obligatorio tener la licencia física, basta con la digital.
  • Se puede visualizar a través de la aplicación Mi Argentina. Quienes ya tengan su licencia digital no tienen que hacer nada, la nueva versión se actualiza en la aplicación de modo automático.
La nueva normativa modifica las vigencias:
  • Menores de 21 años pueden obtener una licencia con vigencia de cinco años, pudiendo acceder a las clases A, B y G.
  • Las personas entre 21 y 65 años también tienen una vigencia de cinco años y pueden acceder a todas las categorías de licencias nacionales.
  • Las personas mayores de 65 años con licencias de categorías A, B y G deben revalidarlas cada tres años, mientras que quienes tengan licencias C, D y E deben renovarlas cada dos años.
  • A partir de los 70 años, la renovación de la licencia es anual.

 

  • En la actualidad, la ANSV cuenta con acuerdos de reciprocidad con Chile, Bolivia, Colombia y España.
    Además de un acuerdo firmado con Perú, a la espera de su implementación.