Restricciones Para Ingresar al País.

Publicado: 27 jun 2021
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El Gobierno decidió limitar aún más el ingreso de personas que vienen desde el exterior a la Argentina.

El objetivo de las nuevas restricciones es minimizar el riesgo de la llegada de la variante Delta.

La prórroga del cierre de fronteras al turismo regirá hasta el 9 de julio 

Hasta el momento, ingresan diariamente al país «alrededor de 1.700 o 1.800» personas, cifra que, con las medidas dispuestas en las últimas horas, se acotó a 600. 

La directora nacional de Migraciones, Florencia Carignano, manifestó que el regreso de los argentinos que se encuentran fuera del país se realizará en «forma controlada y ordenada» a fin de «lograr el cumplimiento efectivo del aislamiento» que deben realizar los viajeros al ingresar nuevamente al territorio nacional, ya que actualmente (de acuerdo a los relevamientos oficiales) casi la mitad no lo cumple.

La nueva normativa dispuso también que «tanto las provincias como la Ciudad de Buenos Aires son las que determinarán en qué lugar deben cumplir la cuarentena los que vuelven» y estipuló que «algunas jurisdicciones dispondrán hoteles y otras tal vez determinarán que sea en los domicilios con un mayor control del cumplimiento; lo verá cada una».

 

Las fronteras continúan cerradas al turismo.

Todo aquel que no sea argentino y quiera ingresar al país con el propósito de hacer turismo no podrá hacerlo.

Continúan suspendidos los vuelos provenientes de:

– Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

– Chile

– Brasil

– India

– Paises africanos

– Turquía

 

Quienes regresen del exterior entre el 1° de julio y el 31 de agosto, están obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la CABA, durante 10 días, contados desde el testeo realizado en el país de origen.

La estadía en los lugares de aislamiento estarán a cargo del pasajero.

Se controlará que quienes regresaron de viaje estén cumpliendo el aislamiento en sus domicilios y se radicarán denuncias penales en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento, de acuerdo con los arts. 205 y 239 del Código Penal, por violación a medidas contra epidemias y desobediencia a autoridad pública, sancionadas con prisión de SEIS (6) meses a DOS (2) años y con prisión de QUINCE (15) días a UN (1) año, respectivamente.

Los viajeros/as deberán hacerse un testeo para poder abordar el avión con destino a la Argentina. Además, deberán hacerse un testeo al llegar al país y otro testeo al séptimo día de ingreso.

Quienes resulten negativos, al ingreso al país, deberán cumplir con el aislamiento en los lugares que dispongan los gobierno provinciales y de la CABA y deberán realizar un nuevo test para finalizarlo.

Quienes resulten positivos, al ingreso al país deberán realizar otro testeo de secuenciación genómica y, junto con sus contactos estrechos, cumplir aislamiento en los lugares que indiquen las autoridades nacionales, hasta su traslado seguro hasta la residencia si correspondiera.

Todos los testeos y la estadía en los lugares de aislamiento estarán a cargo del pasajero.

Asimismo, el viajero/a deberá declarar los lugares en donde estuvo los últimos 14 días previos al reingreso al país.

Para el ingreso autorizado como excepción por migraciones, a través de pasos terrestres, la jurisdicción provincial deberá disponer corredores seguros. Los extranjeros no residentes que ingresen a desarrollar trabajos esenciales, con autorización de Migraciones, deberán cumplir con la cuarentena.

Las provincias deberán controlar el cumplimiento del aislamiento de las personas ingresadas desde el exterior.

Nuevos requisitos para transportistas y tripulaciones:

Terrestres: los extranjeros y nacionales deberán contar con testeo de Covid negativo que tendrá una vigencia de 7 días de realizado;

Buques: los extranjeros deberán permanecer embarcados y no contarán con relevo en el país; los nacionales, realizar un testeo de antígenos dentro de las 72 horas de ingreso;

Aéreos: los extranjeros deberán movilizarse bajo modalidad burbuja en el país y cumplir los protocolos sanitarios; los nacionales, realizar testeos de antígenos como mínimo cada 15 días o menos.

Se recomienda a todos los argentinos/as y residentes no viajar al exterior, especialmente a aquellos que integran los grupos de riesgo, a fin de evitar las dificultades y condiciones sanitarias exigidas al reingreso, considerando la rápida evolución de las condiciones epidemiológicas.

Continúan suspendidos los viajes internacionales grupales, de egresados y egresadas, jubilados y jubiladas, de estudio, para competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de actividades recreativas y sociales, en forma genérica.

 

La disposición publicada este sábado en el Boletín Oficial indica que: «En el actual contexto epidemiológico, el riesgo de introducción de nuevas variantes, aún más transmisibles, podría generar un aumento brusco y elevado de casos, lo que llevaría indefectiblemente a una mayor mortalidad».

La norma además dispone que «quienes regresen del exterior entre el 1° de julio y el 31 de agosto, están obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la CABA, durante diez días, contados desde el testeo realizado en el país de origen».