Reunión Tripartita por los Despidos.
Quedarán exceptuados de la rebaja y cobrarán el sueldo completo quienes continúen sus tareas, ya sea dentro de las fábricas por tratarse de actividades exceptuadas, o bajo la modalidad de teletrabajo.
También quienes no puedan trabajar por tratarse de grupos de riesgo, como adultos mayores, embarazadas o con patologías preexistentes.
El pacto tendrá una extensión de hasta 60 días, con efectos a partir del primero de abril, por lo que se aplicará para los sueldos de abril y mayo.
La homologación deberá realizarse en el transcurso de esta semana.
El DNU 329/2020 prohibió los despidos y las suspensiones hasta fin de mayo. Sin embargo, el artículo 3 le abrió la puerta a que pudieran realizarse suspensiones de manera legal.
Los sindicalistas firmantes aducen que quieren llevar previsibilidad a los trabajadores, dado que se estaban llevando a cabo suspensiones y rebajas de formas muy variadas según el gremio o el rubro.
El actual mecanismo previsto no será de aplicación para la situación de quienes hubieran ya acordado otros criterios de suspensión. Por ejemplo, los suscritos por petroleros, UOM o Comercio, que tienen rebajas de hasta 30 por ciento.
El decreto 332/2020 establece el programa de emergencia para las empresas en este el Gobierno pagaría un complemento del salario con un tope de un salario mínimo para las empresas de hasta 25 empleados.
Con la ampliación del decreto (DNU 376), el Gobierno pagará el 50 por ciento del salario neto de los trabajadores del sector privado de cualquier tipo de empresa, hasta 800 empleados.
Muchos de los acuerdos, que preveían rebajas salariales de entre 30 y 50 por ciento, quedaron en stand by luego de la extensión de la ayuda gubernamental.