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Transferencias a las Provincias-Recursos Tributarios Nacionales-Coparticipación
Publicado: 02 jun 2025
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Desde el Centro de Economía Política Argentina (CEPA) nos han enviado un informe relacionado a las Transferencias a las Provincias por Recursos Tributarios de Origen Nacional y Transferencias de Coparticipación.
Conclusiones:
- En mayo de 2025, se observa un derrumbe interanual de los Recursos de Origen Nacional de 23,3% en términos reales (considerando una inflación en mayo de 2,0%). Por su parte, la Coparticipación Federal de Impuestos exhibió una caída de 26,2% i.a. Estas caídas responden a una base de comparación extraordinariamente alta: en mayo se concentran los pagos del saldo del impuesto a las ganancias de empresas que cierran su ejercicio fiscal en diciembre. La recaudación de mayo 2024 fue extraordinariamente alta producto de la devaluación, de diciembre 2023, que implicó importantes ganancias de capital para las empresas con activos dolarizados.
- La recaudación por IVA cayó 1,0% en términos reales.
- Por su parte, Ganancias se desplomó 39,8%.
- La ventaja estadística que benefició la comparación interanual entre diciembre de 2024 y abril de 2025 —al contrastar con meses de baja recaudación— jugó en contra en mayo. En junio, volverá a operar a favor.
- Al considerar la situación provincia por provincia, se advierte una performance homogénea en mayo: todas las jurisdicciones exhibieron decrecimiento en sus Recursos de Origen Nacional en términos reales. Río Negro mostró la mayor caída (-26,5%) mientras Salta fue la provincia con menor caída en términos reales (-19,9%). El promedio del conjunto se situó en -23,3%.
- En cuanto a las transferencias por coparticipación (CFI), todas las provincias exhibieron caídas reales en el mes de mayo de entre -25,3% y -28,5%. El promedio de todo el conjunto se situó en -26,2%.
- Considerando las transferencias de Coparticipación, la recaudación por IVA redujo 1,0% interanual en términos reales en mayo de 2025. En 2023 prácticamente todos los meses habían exhibido subas en términos reales mientras que en 2024 la recaudación cayó en ocho de los doce meses.
- En el primer mes de 2025, la retracción se explicó por una base de comparación elevada. En febrero y marzo 2025, la recuperación de la actividad económica en la comparación interanual impulsó un incremento de la recaudación de IVA. Sin embargo, en abril y mayo, la recaudación de IVA se retrajo, pese a comparar con meses de desplome (en abril de 2024, se recortó 8,1% y en mayo 18,3%).
- En el caso del Impuesto a las Ganancias, luego de un 2024 de guarismos negativos, interrumpidos por la excepcionalidad de mayo (+82,9%), en el que las empresas pagaron los saldos de las declaraciones juradas, se siguieron cinco caídas consecutivas. A partir de noviembre, la restitución del impuesto a la cuarta categoría comenzó a tener efectos positivos en la comparación interanual. La profunda caída de mayo 2025 se explica, como se mencionó anteriormente, producto de la excepcionalmente alta base de comparación.
- En la pérdida de recursos por la caída de la actividad de 2024, las provincias se llevan la peor parte: los tributos que sostenían la recaudación (Retenciones e Impuesto PAIS) no son coparticipables. Con la restitución de Ganancias, y la reducción de la alícuota y luego la finalización del Impuesto PAIS, la distancia entre la recaudación nacional y los recursos trasferidos a provincias tendió a achicarse. Asimismo, en los cinco meses previos a mayo se percibió la ventaja estadística de la comparación interanual: la variación es contra meses magros en términos de recaudación. Esta ventaja estadística volverá a jugar a favor en junio.
- La tendencia comenzó a revertirse: las RON crecen más que la recaudación nacional, impulsada por los impuestos coparticipables -IVA y Ganancias- mientras que los no coparticipables dejan de tener efecto positivo: Impuesto PAIS ha perdido vigencia y Derechos de Exportación dejó de mostrar el efecto de recuperación post sequía, a lo que se suma la reducción -temporal o permanente según el bien de que se trate- de las alícuotas abonadas.
Fuente: CEPA