40 Años del Juicio a las Juntas Militares de la Última Dictadura.
El 22 de abril de 1985, durante la presidencia de Raúl Alfonsín, comenzó un acontecimiento fundacional para la vida democrática argentina: el Juicio a las Juntas Militares, en el que fueron condenados cinco integrantes de las Fuerzas Armadas y otros cuatro fueron absueltos.
A lo largo de 17 semanas de audiencia se expusieron 709 casos de violaciones a los derechos humanos, un número acotado en relación con la cantidad de víctimas de la última dictadura pero suficiente para demostrar que el terrorismo de Estado fue un plan sistemático.
El fiscal del Juicio, Julio César Strassera, concluyó su alegato con palabras que aún hoy resuenan en la memoria popular: “Señores jueces, nunca más”.
Para conocer la historia del juicio es necesario revisar cómo fueron los últimos tiempos de la dictadura y los primeros años de la democracia.
Después de la derrota en la guerra de Malvinas, el gobierno militar, ya desgastado, comenzó a planear la transición política.
En abril de 1983, bajo el mando de Reynaldo Bignone, se dio a conocer el “Documento Final de la Junta Militar sobre la guerra contra la subversión y el terrorismo”, donde afirmaba que las acciones cometidas por las Fuerzas Armadas no podían ser juzgadas porque habían ocurrido “en un contexto de guerra”.
El texto señalaba que en ese “marco casi apocalíptico, se cometieron errores que, como sucede en todo conflicto bélico, pudieron traspasar, a veces, los límites del respeto a los derechos humanos fundamentales y que quedan sujetos al juicio de Dios en cada conciencia y a la comprensión de los hombres”. Por último, el documento reconocía que las personas desaparecidas estaban muertas.
En el mismo sentido, en septiembre de 1983, la Ley de “Pacificación Nacional”, conocida como la Ley de Autoamnistía, declaraba que quedaban suspendidas las acciones penales contra quienes hubieran realizado actos dirigidos a poner fin a “las actividades terroristas o subversivas”, fueran “autores, partícipes, instigadores, cómplices o encubridores”.
Unos meses después el Decreto Confidencial Nº 2.726/83 buscó eliminar toda la documentación vinculada a las operaciones realizadas durante el terrorismo de Estado, lo que confirmó que hasta el último momento la intención de la dictadura fue actuar en la clandestinidad.
Cuando comenzó la campaña electoral, los partidos políticos tomaron posición pública acerca de los crímenes de la dictadura.
Y, cuando el 30 de octubre de 1983 triunfó la fórmula de la Unión Cívica Radical (UCR), integrada por Raúl Alfonsín y Víctor Martínez, el tema cobró aún más relevancia. Un grupo de intelectuales cercano al radicalismo, reunido en la Sociedad Argentina de Análisis Filosófico, desarrolló un proyecto para implementar los juicios por violaciones a los derechos humanos. Esto generó algunas tensiones al interior del partido radical, ya que existían posturas más conservadoras que se oponían.
A los tres días de asumir, Alfonsín envió varios proyectos de ley al Congreso: derogó la Ley de Autoamnistía y mediante los decretos 157 y el 158/83 sentó las bases para enjuiciar a la Junta Militar, por un lado, y a los líderes de las organizaciones Montoneros y el Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), por el otro.
Una equiparación que se sostenía en la llamada “teoría de los dos demonios”, el discurso que igualaba la violencia estatal de la dictadura con otras formas de violencia política y que por lo tanto consideraba que debían ser juzgadas de igual forma.
El decreto Nº 158 instaba a que las cúpulas militares fueran juzgadas por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, lo que provocó el rechazo de los organismos de derechos humanos, que insistían en que fueran juzgados en tribunales civiles.
Para llegar a la escena del juicio fueron necesarios algunos otros pasos previos.
Uno de ellos fue la creación de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP), cuya investigación permitió sistematizar las denuncias que venían recopilando los organismos de derechos humanos.
El informe fue presentado ante el presidente Raúl Alfonsín el jueves 20 de septiembre de 1984, en una jornada en la que se movilizaron más de 70 mil personas. Ese día, en la ronda de las Madres de Plaza de Mayo, se sostuvo el pedido de que las Fuerzas Armadas fueran juzgadas por un tribunal civil.
Esta demanda demostró ser necesaria cuando días después, el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas absolvió a las Juntas Militares afirmando que la lucha contra “la subversión terrorista” era “inobjetable”. Por lo tanto, el andamiaje que buscaba garantizar la impunidad empezó a resquebrajarse y se volvió necesario atender al pedido de los organismos de derechos humanos: “Juicio y castigo a los culpables”.
Al poco tiempo, nueve de los diez excomandantes de las tres primeras Juntas Militares fueron llevados ante un tribunal civil, en el marco de un juicio sumario, oral y público: Jorge Rafael Videla, Emilio Eduardo Massera, Orlando Ramón Agosti, Roberto Eduardo Viola, Leopoldo Fortunato Galtieri, Jorge Isaac Anaya, Armando Lambruschini, Rubens Omar Graffigna y Basilio Lami Dozo.
Este acontecimiento, que generó expectativas en el pueblo argentino y en la comunidad internacional, no estuvo exento de tensiones. El domingo previo al comienzo del juicio, el presidente Raúl Alfonsín denunció presiones y un posible intento de golpe de Estado, y pidió a la sociedad que acompañara el desarrollo del juicio.
Para cubrirlo, se acreditaron 600 periodistas de todo el mundo, se enviaron 104 invitaciones especiales y se permitió que ingresaran 80 personas por audiencia. A lo largo de cuatro meses dieron testimonio 833 personas, de las cuales 287 eran mujeres y 546, varones. 64 eran integrantes de las Fuerzas Armadas, 15 periodistas, 12 extranjeros y 13 sacerdotes. En aproximadamente 4.000 fojas, la Fiscalía presentó 709 casos y la Cámara Federal examinó 282.
El juicio se extendió entre el 22 de abril y el 14 de agosto de 1985 y se realizaron 78 audiencias durante 530 horas, que fueron grabadas íntegramente por Argentina Televisora Color (ATC) aunque solo podían emitirse por día unos minutos y sin sonido. Estos registros fueron archivados en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal. En abril de 1988, por temor a que fueran destruidos por un alzamiento militar, se envió en secreto una copia del material a Noruega. Durante el tiempo que duró el juicio, se recibían amenazas de bomba todos los días.
El tribunal que enjuició a las juntas fue la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, integrada por los jueces Jorge Torlasco, Ricardo Gil Lavedra, León Carlos Arslanián, Jorge Valerga Araoz, Guillermo Ledesma y Andrés J. D’Alessio.
El periodista Pablo Llonto, acreditado en las audiencias, cuenta en su libro El juicio que no se vio que en una de las jornadas Hebe de Bonafini, Madre de Plaza de Mayo, discutió con el personal que controlaba el ingreso: “Si los militares entran con uniforme, por qué yo no voy a entrar con el pañuelo”, preguntó cuando no la dejaban entrar con el símbolo de lucha de las Madres. Finalmente se sacó el pañuelo y lo guardó en la cartera.
Narra Llonto:
Pero ya en la sala reaparecieron las convicciones de Hebe y su astucia para librarse de toda docilidad. Sacó de la cartera el pañuelo y volvió a lucirlo a la vista de todos. En las letras bordadas se leía: Aparición con vida. Madres de Plaza de Mayo.
El alegato final del fiscal Strassera comenzó con las siguientes palabras: “La comunidad argentina en particular, pero también la conciencia jurídica universal, me han encomendado la augusta misión de presentarme ante ustedes para reclamar justicia”. En su alocución dijo que aquellos meses fueron un verdadero descenso a los círculos del infierno y fundó su estrategia en mostrar y probar la sistematicidad del accionar de la dictadura. Como la desaparición de personas carecía de figura penal en ese entonces, aunque pudo ser tematizada durante el juicio no tuvo representación en las condenas.
El 9 de diciembre de 1985, ocho meses después del inicio, el juez León Carlos Arslanián leyó el fallo de la Cámara confirmando la existencia de un plan sistemático y convalidó las pruebas recogidas a través de los testimonios para refutar las justificaciones esgrimidas por la defensa, relacionadas con la existencia de una guerra.
El pedido de penas por parte de la acusación fue mayor que el obtenido en la sentencia.
Jorge Rafael Videla y Emilio Eduardo Massera fueron condenados a reclusión perpetua e inhabilitación perpetua.
A Roberto Eduardo Viola le dieron diecisiete años de prisión, a Armando Lambruschini ocho y a Orlando Ramón Agosti, cuatro. Fueron condenados por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tormentos y robos. Por otro lado, algunas personas fueron absueltas.
Este juicio fue representado en varias películas.
Una de ellas, Argentina 1985, dirigida por Santiago Mitre, se transformó en un fenómeno cultural 37 años después del hecho. Fue estrenada en 2022, recibió múltiples premios y obtuvo una candidatura al Oscar. El futbolista argentino Lionel Messi la recomendó en sus redes sociales; llenó salas durante semanas y conmovió a diferentes generaciones que en el cine lloraban, aplaudían y hasta gritaban “Viva la patria”.
El Juicio a las Juntas Militares fue un mojón de la historia reciente argentina y de las democracias latinoamericanas.
La lucha de los organismos de derechos humanos y la voluntad política de una sociedad que empezaba a vislumbrar los crímenes del terrorismo de Estado fueron elementos necesarios para que un tribunal ordinario, por primera vez en la historia universal, juzgare delitos que hoy son considerados de lesa humanidad.
Durante el Juicio a las Juntas Militares de 1985, la editorial Perfil publicó 36 números de El Diario del Juicio, entre mayo de 1985 y enero de 1986, de un diario especializado sobre el desarrollo del juicio.
Una nota editorial al cierre dice: “A través de ocho largos meses, hemos acercado a nuestros lectores un pedazo de la historia contemporánea argentina”
El diario se caracterizó por dar a conocer al público en general las versiones taquigráficas de los testimonios brindados durante el juicio.