Nuevas Disposiciones en el Boletín Oficial.
En el Boletín Oficial quedaron establecidos: la extensión de la cuarentena hasta el 26 de abril, prorroga al cierre de fronteras hasta la misma fecha y ampliación de las excepciones para circular durante las próximas dos semanas.
En esta etapa del aislamiento social obligatorio podrán salir de sus casas:
– Las personas con discapacidad «para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conviviente».
– Los profesionales que trabajen a domicilio «con personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista».
– Quienes requieran atención en los bancos. Estos deberán sacar el turno que darán las entidades financieras en internet, exclusivamente.
– Vendedores de artículos de librería e insumos informáticos, en las mismas condiciones que los anteriores.-
–Los trabajadores mecánicos y productores de neumáticos. Estos solo prestarán su servicio «para el transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, ambulancias o al personal con autorización para circular».
– Vendedores de repuestos de vehículos. Estos sólo lo podrán hacer «bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público».
Todas estas personas, que se suman a la lista de los que sí pueden salir, «deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados».
El Gobierno prorrogó el cierre de fronteras también hasta el 26 de abril (otro decreto).
Esta medida se tomó por «la amenaza y el riesgo sanitario que enfrenta el país y se enmarca en el conjunto de medidas y acciones que el Estado Nacional ha llevado adelante con el fin de contener la propagación de COVID-19».