Aprobaron en Diputados el Alivio Fiscal para Entidades sin Fines de Lucro.

Publicado: 28 oct 2021
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La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad y giró al Senado un proyecto de ley que busca aliviar las deudas tributarias que tienen entidades sin fines de lucro como bomberos voluntarios, clubes de barrios, fundaciones, organizaciones comunitarias y micro empresas (mipymes).

 

El proyecto fue aprobado en el recinto por 198 votos afirmativos y ninguno en contra, en el marco de una sesión maratónica que se inició poco después del mediodía del martes.

El proyecto fue presentado por el presidente de la Cámara baja, Sergio Massa, y contaba con el aval del oficialismo y de la mayoría de la oposición.

La iniciativa, que busca un alivio fiscal y dar una señal clara para la salida de la pandemia, fija que se condonen las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social menores a 100 mil pesos para las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV), previsto por la ley 25.054, y toda otra entidad sin fines de lucro, incluidas organizaciones comunitarias inscriptas como fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones y entidades con reconocimiento municipal.

 

Al defender el proyecto, el presidente de la comisión de Presupuesto, Carlos Heller, sostuvo que la iniciativa «busca regularizar la situación de deudas que tienen que ver con la pandemia».

Explicó que «se condonan deudas vencidas hasta 21 de agosto de 2021 de cooperativas, bomberos voluntarios, bibliotecas, clubes de barrio, y se resolvió incorporar entre los beneficiarios a organizaciones de pueblos originarios»

Al finalizar los discursos, Massa agradeció el respaldo de los diputados al proyecto que beneficiará a más de un millón de contribuyentes y más de 150.000 mini-pymes.

 

La iniciativa propone la condonación de deudas de mipymes y contribuyentes de ganancias e IVA pero que deban menos de 100.000 pesos.

También señala que la condonación alcanza al capital adeudado, intereses resarcitorios y punitorios, multas y demás sanciones, y no comprende los aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales ni las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

En este caso se proponen planes de pago que tendrán un plazo de hasta 36, 60 y 120 cuotas, según el tipo de deuda o contribuyente.

Además, se amplía la moratoria para la salida del anterior plan de facilidades, tomando en cuenta la deuda vencida hasta el 31 de julio de 2020 al tiempo que se incluyen las deudas desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021.