Basta de Acoso Callejero.
La Legislatura de la Ciudad sancionó una ley contra el acoso callejero contra las personas que “hostiguen, maltraten o intimiden” y que “afecten en general la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física o moral de las personas basados en su condición de género, identidad y/o orientación sexual”.
Los llamados “piropos” también están dentro de las acciones prohibidas en la nueva normativa, con penas hasta de 1.000 pesos y hasta 10 días de trabajo social.
Se dispone en la normativa,como acoso a:
a) Comentarios sexuales directos o indirectos al cuerpo.
b) Fotografías y grabaciones no consentidas.
c) Contacto físico indebido o no consentido.
d) Persecución o arrinconamiento.
e) Masturbación o exhibicionismo, gestos obscenos u otras expresiones”.
Además la ley incorpora al Código Contravencional de la Ciudad un artículo que plantea que “quien acosare en lugares públicos o privados de acceso público, siempre que el hecho no constituya delito, es sancionado con dos a diez días de trabajo de utilidad pública y multa de 200 hasta los 1.000 pesos.