Código Urbanístico y de Edificación.

Publicado: 07 dic 2018
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El  nuevo Código Urbanístico de la Ciudad de Buenos Aires fue aprobado con los 34 votos del bloque oficialista de Vamos Juntos, y ampliamente rechazado por los demás bloques: los 24 votos negativos del GEN, UC, PS, PTS, MC, Ev, BP, PO y AyL.

Toda la oposición repitió los argumentos que esgrimen desde el mismo anuncio del nuevo Código: que está redactado para beneficiar a los grandes desarrolladores inmobiliarios, que fomenta la construcción en altura en detrimento de la identidad barrial y que consagra parámetros constructivos que tienden a disminuir el confort de las futuras viviendas.

Como ejemplo citan que el Código votado permitirá unidades de 18 metros cuadrados y sin bidet aunque se dispuso que no podrán existir edificios enteros con ese tipo de «microdepartamentos», sino que «sólo la mitad de las unidades estarán autorizadas a contar con esa métrica», tampoco obligará a los nuevos edificios a tener vivienda para el encargado, etc.

De esta manera habrá sólo 6 alturas máximas -a diferencia del Código actual que contempla 27-, siendo que el 70 por ciento de la Ciudad tendrá edificios de menos de cinco pisos y el máximo permitido serán 38 metros es decir, 12 pisos. Irá de los 9 y 10,5 metros, principalmente en pasajes y calles, hasta los 38 metros en zonas de grandes corredores, como las avenidas Del Libertador y 9 de Julio.
Por otra parte, los diputados aprobaron con 34 votos positivos y 23 negativos una serie de modificaciones al Código de Edificación, mediante las cuales se prevé regular los parámetros que deben cumplir los edificios en relación a la estética urbana, a la habitabilidad, salubridad, a la accesibilidad, a la seguridad y a la sustentabilidad.

Las críticas apuntaron a su arbitrariedad; debería fijar pautas sobre cerramientos o muros, los distintos coeficientes térmicos, habitabilidad hidrotérmica, etc.

Pero este código no especifica cuales serán los estándares a respetar para que estos materiales sean aprobados, sólo dice que serán aplicados bajo interpretaciones y reinterpretaciones de los funcionarios de turno.

Uno de los puntos más relevantes de la medida es la creación de baños unisex, los cuales deberán ser adaptables a personas con discapacidad; de esta manera se busca reducir la cantidad de baños necesarios para que un local logre conseguir la habilitación correspondiente.

Con la legislación actual era necesario que un comercio -dependiendo de la cantidad de metros cuadrados- contara con un baño para hombres, otro para mujeres, uno para discapacitados y uno para empleados. La iniciativa también prevé que se incorporen cambiadores de bebé en los baños para hombres.
A su vez, se modifican las medidas mínimas de edificación de viviendas, buscando reducir los costos de construcción de las mismas.

El Código de Planeamiento Urbano que data de 1977 y establece dónde, cuánto y con qué criterios se debe construir en el distrito.

En tanto, el Código de Edificación databa de 1943 y fijaba cómo y con qué materiales debían hacerse las nuevas obras.