La Justicia ordenó garantizar el servicio de ambulancias en las villas
La Sala I del fuero Contencioso Administrativo ordenó al gobierno porteño que preste de manera permanente y durante las 24 hs un servicio de emergencia del SAME en villas, asentamientos y complejos habitacionales precarios. Las ambulancias deberán estar acompañadas por móviles de la Policía Metropolitana. La resolución judicial es de cumplimiento efectivo, esperemos que esta vez el gobierno no incumpla como lo hizo hasta ahora”, dijo el asesor tutelar Gustavo Moreno, quien inició esta causa en 2010. Los habitantes de la Villa 31 denunciaron entonces que las ambulancias del SAME no ingresaban al barrio y, por ende, varias personas habían fallecido al no recibir la atención médica que necesitaban.
El servicio estará organizado en tres áreas programáticas, ubicadas en los hospitales Penna, Santojanni y Piñero. El gobierno deberá poner a disposición una ambulancia y un móvil en cada establecimiento, que estarán abocados exclusivamente a la atención de emergencias en villas y asentamientos. Además, habrá dos centros más (que funcionarán de manera alternada) en los hospitales Rivadavia y Fernández. El 27 de marzo, la Sala I convocó a las partes para evaluar el cumplimiento del acuerdo. Allí quedaron al descubierto las demoras en la atención de las emergencias médicas para poblaciones vulnerables.
También se hicieron visibles las diferencias internas entre funcionarios del gobierno. El director del SAME, Carlos Russo, pidió que la policía Metropolitana se comprometiera a acompañar con un móvil a las ambulancias. Pero el Ministerio de Seguridad se negó a prestar ese servicio, según consta en el expediente judicial, alegando que no contaba con la infraestructura suficiente. Sin embargo, hasta el momento, la Metropolitana no justificó su negativa. Es más, la Sala I indica que “no sólo no dio cumplimiento al informe respecto a si podía proveer de un móvil a las áreas programáticas, sino que, por el contrario, ni acreditó ni justificó por qué la Policía Metropolitana no podía hacer frente a lo peticionado”. Ante esta situación, el Tribunal resolvió reestablecer la cautelar que dio origen a la causa ya que el “peligro se encuentra acreditado (…) por la dificultad cierta y actual para el ingreso de las ambulancias a las villas”. Y si bien el primer amparo afectaba solamente a la Villa 31, la Sala decidió ampliarlo a todas las villas porteñas. “Es una excelente decisión, ojalá el gobierno no apele y se decida por el cumplimiento de este derecho humano básico”, concluye Moreno.