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«Ley Micaela»
Publicado: 20 dic 2018
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La iniciativa, que lleva el nombre en homenaje a la joven Micaela García, militante del Movimiento Evita de Entre Ríos, que murió víctima de femicidio en 2017, en la localidad de Gualeguay, había sido presentada en mayo de ese mismo año para promover la “capacitación obligatoria» en la materia, para todas las personas que integran «los tres poderes del Estado».
A pesar del amplio apoyo que tenía el proyecto, permanecía cajoneado en la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Cámara baja, sin perspectivas de llegar al recinto.
La indignación por el fallo del femicidio de Lucía Perez y la repercusión de la denuncia de Thelma Fardín obligaron al gobierno a incluir esta ley en las sesiones extraordinarias del Congreso Nacional.
Funcionarios y trabajadores de los tres poderes del Estado deberán recibir una capacitación obligatoria en materia de género. Así lo establece la denominada “ley Micaela”, que el Senado sancionó este miércoles por unanimidad (59 votos).
Las capacitaciones deberán ponerse en marcha dentro del primer año de vigencia de la ley y cada organismo estatal deberá definir la modalidad.
El Instituto Nacional de las Mujeres (INAM), como autoridad de aplicación de la norma, deberá certificar la calidad de esas capacitaciones, y tendrá a su cargo las que correspondan a las máximas autoridades de cada poder, también controlará los materiales y capacitaciones que se brinden al personal de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial y organismos descentralizados, y debe realizar “informes de seguimiento” sobre el impacto que tengan.
Principales puntos de la ley:
>> Formación y capacitación con perspectiva de género del personal que se desempeña en los tres poderes del Estado.
>> Creación del Programa Nacional Permanente de Capacitación Institucional en Género y Violencia contra las Mujeres.
>> Capacitación de las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria; en cargos electivos, por concurso o por cualquier otro medio legal de contratación.
>> Fija como autoridad de aplicación en el ámbito del poder Ejecutivo al Consejo Nacional de las Mujeres y al Ministerio de Modernización, o las dependencias que en el futuro las reemplacen.
>> Obliga a los poderes Legislativo y Judicial a designar la autoridad de aplicación en sus respectivos ámbitos, en un plazo de 30 días contados desde la promulgación de la ley.
>> Hace obligatorio para todo el personal alcanzado por esta ley cursar y aprobar cada año una capacitación en gestión con perspectiva de género de acuerdo con contenidos curriculares mínimos.
>> Otorga carácter obligatorio y requisito necesario a esos contenidos para la promoción a niveles superiores por concurso o progresión de la capacitación creada en esta norma.
>> Establece como falta grave negarse a cumplir con esa capacitación, lo que dará lugar a sanción disciplinaria y obstaculizará los ascensos.
>> Prevé la participación -en todas las instancias- de las organizaciones sindicales del sector en resguardo de los intereses de las personas que trabajan en la función pública.
>> Encomienda al Consejo Nacional de las Mujeres diseñar los contenidos mínimos, curriculares en un plazo máximo de 180 días desde la promulgación de la ley.
>> Dispone que esos contenidos deben velar por la sensibilización de las personas en función de prevenir la violencia de género a través de provisión de estándares, protocolos de trabajo y recomendaciones de buenas prácticas.
>> Prevé la implementación de mecanismos eficaces de participación de la sociedad civil y sus organizaciones en la elaboración de las directrices de la capacitación en perspectiva de género
.>> Dispone la inclusión en los materiales de una reseña de la vida Micaela García, militante social y política en cuya memoria se instituye este programa, y de otras víctimas de femicidio, así como de la historia de organización y lucha del movimiento de mujeres en Argentina.
Pese a que pareció una medida demagógica del Gobierno la inclusión para el tratamiento de esta ley, la misma es muy importante pese a que si el Estado se interesara por el género no podría recortarle el presupuesto al Consejo Nacional de las Mujeres ya que sólo invierte 11,36 pesos por mujer para combatir la violencia de género, una caída del 18 por ciento con respecto al presupuesto del año pasado.
En la Cámara baja a las 0:29 de la madrugada del martes 171 diputadxs votaron a favor contra un solo voto negativo: el del diputado salteño Alfredo Olmedo.
Durante la votación estuvieron presentes los padres de Micaela García y la madre y el hermano de Lucía Pérez