Medidas Para Disminuir la Circulación en el AMBA.

Publicado: 18 jun 2020
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A partir de las 0 horas del viernes 19 de junio una vez más se vuelven a implementar una serie de medidas que impidan la importante circulación que se nota ha aumentado en el ámbito del AMBA, fundamentalmente en la «abierta normalidad» de la Ciudad de Buenos Aires.

 

Solo los trabajadores considerados esenciales en los decretos anteriores podrán utilizar trenes, colectivos y subtes. Deberán contar con su código QR para estar habilitados a circular.

 

El resto de los trabajadores que se encuentren exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio podrán seguir circulando para ir a sus lugares de trabajo, pero no podrán hacerlo en el transporte público.

 

Caducarán todos los permisos de circulación de los trabajadores no esenciales.

Los mismos se deberán tramitar nuevamente a travé de la aplicación CuidAR o vía on line en https://www.argentina.gob.ar/circular .

Los trabajadores esenciales no deberán renovar sus permisos.

 

Recordamos los considerados trabajadores esenciales:

 

1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

2. Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

10. Personal afectado a obra pública.

11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

12. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

20. Servicios de lavandería.

21. Servicios postales y de distribución de paquetería.

22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

24. Casa de Moneda, Servicios de cajeros automáticos, Transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.

 

 

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires analiza modificaciones para mantener el permiso para que las personas puedan salir a realizar actividad física en parques y plazas de la Ciudad de Buenos Aires.

 

Horacio Rodríguez Larreta estudia una modificación al protocolo para los runners: en principio las salidas serían permitidas de acuerdo al DNI (pares: días pares e impares: días impares). Aunque el nuevo horario sería de 19 a 9 horas.

 

Ante la falta de sentido común por parte de los miles de «runners» que salieron a correr por parques, evaluaron que incluso habría que dar marcha atrás.