Terminó el Impuesto PAÍS y No lo Renovaron
El gravamen destinado a financiar al PAMI, la ANSES y la obra pública comprendía 5 períodos fiscales desde la sanción de la Ley que concluyó este lunes 23 de diciembre.
Mediante la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.451 sancionada en 2019 se había creado el Impuesto “PAÍS”, destinado al financiamiento de obras públicas y seguridad social. Este lunes se cumplió el período y desde ahora dejará de existir, ya que ni el Congreso ni el Poder Ejecutivo lo renovaron.
El término de la tasa implica la baja de el denominado “dólar tarjeta”, el cual se verá reducido en un 30%, pasando de valer $1.688 pesos a $1.355 pesos.
Habrá una reducción del 25% en la adquisición en el exterior de servicios financieros, informáticos, de construcción, de comercio, de telecomunicaciones, de mantenimiento o de seguros.
17,5% será la baja para el BOPREAL, utilidades y dividendos, operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera para la repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de utilidades y dividendos recibidos a partir del 1° de septiembre de 2019 y la alícuota que corresponda a la operación de importación por la que se suscriben los bonos o títulos (desde febrero de 2024).
Por último la adquisición en el exterior de los servicios de traslados de mercaderías (fletes) y otros servicios de transporte por operaciones de importación y exportación ya no se verá afectada por la obligación, lo que significaba un 7,5%.
El gravámen con carácter de emergencia comprendía 5 períodos fiscales a partir del día de entrada en vigencia de la ley antes mencionada, fecha cumplida este 23 de diciembre.
Las operaciones afectadas eran:
– La compra de billetes y divisas en moneda extranjera, incluyendo cheques de viajero, para el atesoramiento con o sin destino específico vinculado al pago de obligaciones;
– La adquisición en el exterior de servicios personales, culturales y recreativos, o su adquisición en el país cuando sean prestados por no residentes;
– Importación de las mercaderías incluidas:
– Cambio de divisas efectuado por las entidades financieras por cuenta y orden del adquirente locatario o prestatario destinadas al pago de la adquisición de bienes o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y débito
– Compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales y/o cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen, mediante compras a distancia, en moneda extranjera;
– Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-, del país;
– Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, en la medida en la que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado único y libre de cambios al efecto de la adquisición de las divisas correspondientes en los términos que fije la reglamentación.
El artículo 42 de la Ley explicaba los destinos de lo recaudado por el gravamen detallado en el Capítulo 6 “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)”:
“Financiamiento de los programas a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social: y de las prestaciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados” en un 70%, mientras que el 30% restante de lo recaudado se destinaba al “financiamiento de obras de vivienda social: del fideicomiso Fondo de Integración Socio Urbana (FISU) creado por la ley 27.453 y el decreto 819/2019, obras de infraestructura económica y fomento del turismo nacional”.
Con la quita total o parcial de remedios y servicios del PAMI, el Gobierno ya no necesita financiar ese organismo vinculado directamente con las personas jubiladas y pensionadas. Respecto a las obras públicas, la administración no está interesada en brindar soluciones dentro del área tal como lo demostró con el decreto 193/2024 al reducir el financiamiento de obras de vivienda social (del FISU) “al 1%”.
En el 2024 el Impuesto PAÍS singificó el 6,32% del total de lo recaudado por el Estado Nacional.
En los 5 años que duró, logró una recudación de u$s17.300 millones, según el informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF).
Fuente: Palabras del Derecho