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Jubilados: Una Sentencia con Justicia…
Publicado: 20 sep 2018
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La sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social determinó que un jubilado no puede tener un haber menor al 70 por ciento del sueldo promedio que cobró durante sus últimos diez años de labor; .estableció que el cálculo inicial de los haberes -conocido como tasa de sustitución-no debería ser menor a ese porcentaje.
En la actualidad, el mismo se ubica en un 50 por ciento promedio. La judicial corresponde a la segunda instancia y será apelada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) ante la Corte Suprema.
Solo si el máximo tribunal no lo rechaza podría sentar un precedente para otra ola de juicios contra el Estado ya que abriría las puertas de los tribunales a quienes hubieran iniciado su etapa pasiva sin recibir una prestación equivalente al 70 por ciento del promedio de sus últimos 120 salarios.
La sentencia, que lleva la firma de lxs jueces Nora Dorado y Luis Herrero, hace referencia a un juicio iniciado por un jubilado contra la Anses para solicitar que el organismo previsional reconozca retroactivamente esa tasa de sustitución de 70 por ciento y que el pago de todo ese diferencial esté exento de Impuesto a las Ganancias. Reclamo que la Sala II respaldó.
Los magistrados citaron distintos fallos de la Corte Suprema, que consideró en varias oportunidades que el haber jubilatorio debe “mantener una razonable proporción entre los ingresos activos y pasivos».
La Cámara consideró que si se tiene en cuenta que el salario promedio entre los trabajadores en blanco fue de 29.598 pesos y el haber mínimo es de 8.636 pesos, eso representa «el 29,18% de aquel promedio, muy lejos de una tasa de sustitución razonable».
El Defensor del Pueblo de la Tercera Edad, Eugenio Semino, celebró el fallo y comentó: «Cuando llegue a la Corte vamos a pedir que se generalice hacia todos los jubilados; es importante porque usa jurisprudencia de la propia Corte Suprema y porque apelan a criterios ya repetidos en otros fallos».