La Autonomía de las Comunas, por Ahora a Resguardo.
La misma se inició a partir de que distintos integrantes de las Juntas Comunales se presentaron para pedir la inconstitucionalidad del Decreto 251/GCBA/2014 que crea las Gerencias y Subgerencias de comunas.Específicamente, el decreto disponía la creación de las figuras de Gerente Operativo de Gestión Administrativa y Gerente Operativo de Gestión Comunal, al cual se habían sumado los cargos de Subgerente Operativo de Participación Vecinal y Atención Vecinal y Subgerente Operativo de Control Comunal y de Obras.
Cabe destacar, que en julio de 2014 la Legislatura porteña había aprobado un pedido de informes al respecto y un repudio al Decreto, impulsados por la actual presidenta del Bloque Peronista, María Rosa Muiños, quien por entonces presidía la Comisión de Descentralización y Participación Ciudadana.
Por su parte, los comuneros de la gestión 2011-2015, Edith Oviedo, Alejandro Szer, María de los Ángeles Suárez, Raúl Sánchez, Carlos Benítez, María Laura Corvalán, Ondina Fraga, Ariel Angrisano, Carlos Nicolás Gullo, Felisa Marinaro, Mónica Menghini, Claudio Pandolfi, Facundo Roma, Hernán Miguez, Aixa Rocha, Leonardo Farías, Cynthia Salama, Carlos Eusebi, Delfina Velázquez, Pablo Ortiz Maldonado, Julieta Costa Díaz, Carlos Funes, Gonzalo Toyos Martínez, Camila Rodríguez, Carlos Grisafi, Luis Cuneo y vecinos iniciaron una acción de amparo con el patrocinio letrado del Dr. Alejandro Bietti, a la que luego se sumaron los de la gestión 2015-2019, Gabriel Sánchez, Laureano Bielsa, Gabriel Zicolillo, Mario Reina, Mabel Quiroga, Mariano Henares y Diego Sokolowicz.
Los denunciantes entendían que avasallaba las competencias exclusivas de las comunas.
El juez entendió que los integrantes de las juntas comunales se encuentran especialmente habilitados y legitimados para realizar esta denuncia y pueden representar a los ciudadanos en la defensa de sus derechos de participación ciudadana.
Por esto el decreto cuestionado resulta ilegítimo e inconstitucional.
Al establecer en las funciones de las gerencias comunales la necesaria participación de las secretarías de la Administración Central, el GCBA viola el art. 4, inc D de la ley 3233 («abstenerse de emitir o producir actos que signifiquen menoscabo o intromisión de las funciones de competencia exclusiva de las comunas»).