Habrá ATP 7 para Asistir a las Empresas.

Publicado: 29 oct 2020
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El gabinete económico definió cambios en la modalidad del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) 7, la asistencia estatal a las empresas.
La inscripción comenzará este jueves 29 de octubre y finalizará el 4 de noviembre y seguirá siendo a través de la web de la AFIP.

Para la séptima ronda del ATP se continuará profundizando la focalización del programa en sectores críticos a través del pago del salario complementario.

Los sectores considerados «críticos» son: turismo, entretenimiento, cultura, salud, deportes, venta de artículos regionales de cuero, talabartería y marroquinería, alquiler de equipos de transporte y algunos servicios ligados a la actividad aérea.

El ATP creado para mitigar los efectos económicos de la pandemia de coronavirus, hace que el Estado pague desde 1 hasta 1,5 salario mínimo vital y móvil (entre $ 16.875 y $ 25.312) por empleado a las empresas cuya facturación de agosto último haya caído frente al mismo mes de 2019.

Y abona desde 1,25 hasta 2 SMVM (entre $21.093 y $33.750) por empleado, a las que realicen actividades consideradas críticas, hasta diciembre de 2020.

Entre los cambios al ATP 7 se destacan: 
Créditos para sectores no críticos

Las empresas de sectores no críticos cuya variación interanual de la facturación nominal esté entre -100% y -0,1% pasarán a tener un crédito a tasa 27%, con tres meses de gracia, por hasta $20.250 por trabajador/a, a pagar en 12 cuotas iguales y consecutivas y este crédito podrá ser reintegrado total o parcialmente al final del pago de las cuotas si la empresa cumple con metas de creación de empleo en 2021.

El crédito estará garantizado por el Estado, por medio del FOGAR (Fondo de Garantías). Estas empresas también continuarán con el beneficio vigente de la postergación del pago de contribuciones patronales. Eeste beneficio será independientemente de la cantidad de trabajadores que tenga la empresa.

 

Beneficios para empresas en reactivación 

Las empresas pertenecientes a sectores críticos y no críticos que tengan variación interanual nominal positiva en su facturación (de hasta 35%) podrán acceder al beneficio del crédito reconvertible en subsidio. La tasa, en estos casos, será del 33%, con tres meses de gracia, con garantía estatal. Este beneficio será únicamente para empresas de hasta 800 trabajadoras/es, en sectores tanto críticos como no críticos.

Para atender casos puntuales que no puedan ser atendidos en el marco del nuevo ATP y que así lo requieran, se retomará el REPRO (Programa de Recuperación Productiva) en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.