Ya Existe el Botón de Arrepentimiento para «Compras Virtuales».

Publicado: 09 oct 2020
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La Secretaria de Comercio Interior dispuso, mediante la resolución 424/2020, que los sitios e-commerce (venta por medios virtuales) deberán incluir un botón de «arrepentimiento» en sus páginas web o apps para que el consumidor pueda dar marcha atrás con su compra en el plazo de 10 días.
La cláusula se cumplirá también en el caso de que la compra se haya realizado en un local comercial, donde el comprador puede devolver el producto en el local y el comerciante debe reintegrar el dinero.

La Secretaría impulsó esta resolución ante los reiterados problemas de engaños o falta de información detectados en numerosos convenios realizados.

El «botón de arrepentimiento» deberá ser visible, de fácil acceso y directo en la página de inicio del sitio de internet.

 Si la adquisición del bien o servicio es telefónica o mediante internet los consumidores también deberán gozar de este derecho mediante el botón de arrepentimiento, sin condicionamientos ni gastos a su cargo, y si ya fue recibido en el domicilio, el proveedor debe retirarlo del mismo modo.