Milei Paga las Jubilaciones de Abril en Cuotas.

Publicado: 29 mar 2024
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En abril, los jubilados cobrarán en base a dos aumentos.

El primero del 12,5%, en compensación por el pasaje de fórmula entre los meses de enero y febrero.

El segundo será de un 13,2%, que corresponde al aumento por inflación.

De esta forma, la jubilación mínima en abril quedará en $ 171.283,31.

A este monto se le adicionará el bono de $ 70.000. Por lo tanto, los jubilados cobrarán en abril un total de $ 241.283,31.

 

Por otro lado, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) asciende a $137.026,65, a lo que se adicionará un bono de $70.000, quedando en $207.026,65.

En tanto, las Pensiones No Contributivas (Invalidez y Vejez) quedarán en $119.898,32 que, sumado al bono de $70.000, quedará en $189.898,32.

 

Tras la publicación del Decreto 274/2024, el Gobierno aclaró dos puntos clave;

uno afectará al pago de los haberes de este mes y el otro se tendrá en cuenta para establecer el porcentaje y monto total de aumento que tendrán las jubilaciones y pensiones en los próximos meses.

Según anunció la ANSES en un comunicado oficial, «esta reciente modificación y sus consecuentes adelantos, generará un desdoblamiento del pago prestacional«. Por lo tanto, el Gobierno le pagará a los jubilados en dos tramos.

Habrá una primera liquidación correspondiente a marzo 2024 y una segunda liquidación correspondiente al aumento por movilidad previsional y al bono extra de $ 70.000.

 

La segunda aclaración de la ANSES radica en que para los próximos aumentos se aplicará un adelanto en relación con el dato del IPC. Por ejemplo, en mayo se aplicará un adelanto correspondiente a junio y en junio un aumento según la nueva fórmula de movilidad.

Así, a partir de junio, el Ministerio de Economía definirá las jubilaciones según la inflación, pero con dos meses de atraso.

Los haberes de julio se definirán sobre la inflación de abril, las de agosto según la inflación de mayo, y así sucesivamente.

En el caso de que en junio el aumento arrojado por la antigua fórmula de movilidad jubilatoria de la Ley 27.609 dé un porcentaje superior al acumulado en los tres meses de empalme, ANSES pagará la diferencia que corresponda.

Si el cálculo arroja que la ley de movilidad anterior da un porcentaje menor en junio en comparación con el reajuste acumulado por la inflación de abril, mayo y junio, la ANSES no descontará esa diferencia y el monto quedará fijado como remunerativo.